viernes, 3 mayo 2024 - 09:13

Mar del Plata. Fallo misógino absuelve a violadores

El viernes 17 de septiembre, Tomás Jaime (26), Lucas Pitman (24) y Juan Cruz Villalba (25) fueron declarados no culpables del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas. Los tres jóvenes estaban acusados de haber violado en la madrugada del 1º de enero de 2019 a una adolescente de 14 años en una carpa del camping El Durazno, ubicado en el ingreso a Miramar, donde ella festejaba el año nuevo con su familia.
Durante la investigación, la fiscal Florencia Salas estableció que los imputados abusaron sexualmente de la adolescente entre las 4 y las 6 de la madrugada del 1º de enero, “aprovechándose de la edad” de ella y de que “no podía consentir libremente el accionar”.

La revictimización de una niña en un juicio por jurados

El juicio por jurados fue solicitado por la defensa de los acusados y rechazado por la familia de la víctima y su abogado por considerarlo inconstitucional. Para declarar culpable a una persona en la Provincia de Buenos Aires, 10 de los 12 miembros deben coincidir. Si el jurado declara que la persona no es culpable, esta decisión no se puede apelar y la persona queda definitivamente absuelta. Si es declarado culpable, en cambio, la defensa sí puede apelar y llegar a instancias judiciales superiores.
En un juicio de este tipo existe el riesgo de revictimización, ya que una víctima de violencia de género y sexual debe exponer los hechos de los que fue víctima y otros detalles de su vida ante un jurado de doce personas de su propia comunidad y no ante autoridades especializadas o profesionales.
Además, en el imaginario social existen prejuicios e ideas patriarcales estereotipadas sobre la violencia sexual y que de hecho constituyen una cultura de la violación: Si una mujer no quiere ser violada, lo puede evitar. Las mujeres provocan las violaciones. Fue responsabilidad de la víctima por la ropa, el lugar, la hora. Si no hubo violencia física, no fue violación. La violación es un acto impulsivo. La motivación primaria de la violación es el goce sexual. Los violadores siempre son desconocidos de la víctima. Las mujeres se sienten atraídas por los hombres recios y secretamente desean ser violadas, etc.
Es muy posible que los jurados trasladen al procedimiento esos prejuicios e ideas y su influencia al momento de valorar la credibilidad de la víctima y la culpabilidad del acusado, sobre todo quienes no poseen una capacitación especial en este tipo de delitos. El cupo o paridad de género del jurado tampoco garantiza que se proceda con perspectiva de género, porque el patriarcado nos atraviesa a todes y no es exclusivo de los varones.

Del abuso sexual a la violencia institucional y simbólica

La sentencia absolutoria fue un nuevo abuso para la víctima y su familia. Recordemos que al momento del hecho la víctima tenía 14 años y, aun hoy con 17 años, es menor de edad. Según la Convención Internacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la Ley 26.061 de Protección Integral debiera haberse priorizado el interés superior de la niña y no el de los acusados.
Esa protección especial implica establecer garantías de debido proceso diferenciadas para las niñeces, reconociendo que su participación en un juicio no se da en las mismas condiciones que una persona adulta. El Estado debería garantizar un sistema de justicia adaptado a las niñeces, que considere el principio del interés superior del niñx y su derecho a participar acorde sus capacidades en evolución, edad, grado de madurez y nivel de comprensión, sin discriminación. A esta obligación se suma la de brindar atención especializada y sensible a la condición de víctima de violencia sexual.
Entonces, el juicio por jurados -mecanismo democrático que defendemos- por sí solo no responde al requerimiento de funcionarios que junto a su formación profesional tengan especialización interdisciplinaria para intervenir en casos de abuso contra niñeces y sobre cómo tratarles de manera sensible.
Esta absolución de los acusados es un mensaje del patriarcado a todas las mujeres: “si te violan es tu culpa, nadie será castigado por violarte”. Es violencia simbólica, adoctrinamiento y terrorismo patriarcal hacia todas.

¿Y las feministas K?

Duele decir que la víctima y su familia no contaron con el acompañamiento que necesitaban. El Movimiento de Mujeres y Diversidad de Mar del Plata que responde a sectores afines al gobierno nacional otra vez mostró su tibieza y sólo sacó un comunicado en vez de llamar a marchar para visibilizar el caso y exigir la condena de los acusados.
La madre de la niña lamentó que las audiencias del juicio no hayan sido públicas ya que “éramos conscientes que si este caso no se hacía visible quedaba en la nada, como sucede en tantos casos de abuso en Mar del Plata, en los que en Tribunales les cierran la puerta en la cara a las víctimas”.
Las compañeras de Juntas y a la Izquierda-MST estuvimos frente al Auditorium donde se realizó el juicio a la espera de la sentencia y participamos en la radio abierta con palabras de apoyo y solidaridad. Hubo momentos de tensión cuando llegó un grupo de personas allegadas a los acusados en actitud confrontativa.
Con un afectuoso abrazo, la madre nos agradeció el apoyo en ese momento tan duro y ratificamos nuestro acompañamiento hasta lograr justicia. Llamamos a todas las agrupaciones feministas y activistas autoconvocades a romper con el gobierno de los Fernández, Manzur, Beliz y el Opus Dei. Es imprescindible construir un movimiento feminista y disidente que no se subordine a las directivas de ningún gobierno antiderechos.

Fuentes:
-Fiscales advierten que hay riesgo de revictimizar al que sufre violencia de género o abuso, en los juicios por jurados. Diario El Entre Ríos, 23/12/20.
-La violencia sexual en los medios de comunicación y en nuestras prácticas profesionales (2018), Jenny Nievas, Natalia Popowski, Romina Soledad Guadagnoli. www.saij.gob.ar
-Acceso a la justicia en caso de embarazos forzados en NyA menores de 15 años (1ª ed.), CABA: Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Plan Nacional de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia, 2019.

Noticias Relacionadas