viernes, 26 abril 2024 - 19:16

Una buena. Fallo judicial a favor de nuestro amparo laicista

Con fecha 27 de diciembre, el juez federal Pablo G. Cayssials, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 9, dictó un fallo favorable al amparo que habíamos presentado desde Organizaciones Laicistas Argentinas (OLA), un espacio unitario de alcance nacional que desde el CADHU-MST integramos junto a medio centenar de agrupaciones.

Entre otras iniciativas, en OLA acordamos impulsar una ley de iniciativa popular para derogar varios decretos-ley de la dictadura que disponen subsidios del Estado nacional a la Iglesia Católica. Pero según la Ley 24.747 ese petitorio para juntar las 500.000 firmas necesarias debe validarlo previamente el Defensor del Pueblo de la Nación… ¡cargo que sigue vacante desde hace doce años por irresponsabilidad política del Congreso!

Por eso el 14 de julio pasado, a nombre del compañero Lin Pao Raffetta y patrocinado por varixs abogadxs de OLA, presentamos un recurso de amparo ante la justicia denunciando que la acefalía de la Defensoría nos privaba de un derecho constitucional. También hicimos presentaciones ante el Poder Ejecutivo y ante las dos cámaras del Congreso. En el amparo, proponíamos tres variantes concretas de solución:

  • declarar parcialmente inconstitucional la Ley 24.747 para este caso, autorizando así la iniciativa popular;
  • habilitar a la Defensoría del Pueblo, que ya había rechazado nuestro pedido por no haber Defensor/a, a verificar el contenido de la iniciativa popular;
  • que lo verifiquen el Congreso o el propio juzgado.

Pues bien: a tono con el dictamen favorable del fiscal, y como el Senado y la propia Defensoría evadían el problema, el juez Cayssials convalidó nuestra primera variante: “asiste razón a la parte actora en cuanto a que, dada la vacancia en los cargos de Defensor del Pueblo de la Nación y Defensores Adjuntos, la exigencia de verificación resulta irrealizable en la práctica… Por lo expuesto, corresponde declarar -para el caso concreto-, la inconstitucionalidad del artículo 6 de la Ley 27.747” (véase sentencia definitiva).

Con este logro en la justicia, entendemos que estamos en condiciones de elaborar el petitorio para la ley de iniciativa popular y, luego, lanzar la campaña nacional para empezar a juntar las firmas. Si superamos el medio millón, el Congreso debe tratar sí o sí nuestro proyecto para derogar varios de los subsidios públicos a la Iglesia Católica que le otorgó la dictadura genocida, que todos los gobiernos siguen pagando y que salen de nuestros bolsillos. ¡Iglesia y Estado, asuntos separados!

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