Se profundiza la parálisis portuaria. Por la ofensiva del Gobierno contra la navegación nacional  y la soberanía

La parálisis portuaria y el conflicto por el Decreto 690 en el servicio de practicaje

Por Marcos Sierras

En la primera entrega analizamos los fundamentos políticos e ideológicos detrás del embate del ministro Federico Sturzenegger contra la actividad del practicaje, los baqueanos y la navegación fluvial y marítima nacional. En esta segunda parte, profundizamos en la cruda realidad del impacto operativo, económico y de soberanía: lejos de la supuesta “reducción de costos” que pregona el relato oficial, las medidas impuestas están generando un colapso logístico millonario y sembrando las bases de un riesgo sistémico en las vías navegables.

El verdadero balance de la desregulación: El gobierno prometió “eficiencia y costos bajos”, pero el resultado inmediato es el estancamiento de la flota mercantil, el encarecimiento de los fletes y una grave amenaza a la seguridad fluvial.

El colapso en números: más de 150 buques varados y pérdidas millonarias

Mientras los despachos oficiales celebran la “liberación de mercados”, el mapa de los puertos argentinos muestra una imagen completamente distinta: más de 150 buques permanecen paralizados, imposibilitados de ingresar o zarpar.

Esta parálisis no es un daño colateral menor; representa un sangrado financiero directo:

-Pérdidas acumuladas: El costo por demurrage (demora en puerto o fondeadero) genera pérdidas diarias de decenas de miles de dólares por buque, acumulando cientos de miles de dólares de sobrecosto diario para el comercio exterior.

-Tiro en el pie de la cadena agroexportadora que sostiene el modelo: En pleno pico de movimiento de cargas, los buques graneleros y portacontenedores quedan atrapados en fondeaderos del Río de la Plata y el Paraná, interrumpiendo la cadena logística e imponiendo penalizaciones contractuales que pagarán los propios productores e industrias locales.

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La falacia del “ahorro”: desregulación que abarata la seguridad para encarecer el riesgo

El argumento central del Ministerio de Desregulación es que la actividad de los prácticos encarece el “costo argentino”. Sin embargo, la resolución gubernamental desmonta un sistema de alta capacitación técnica para reemplazarlo por un esquema de descontrol:

-La trampa de las Declaraciones Juradas (DDJJ)

Bajo la nueva normativa, se pretende habilitar a prácticos y capitanes extranjeros para operar en la Vía Navegable Troncal con la sola presentación de una Declaración Jurada, omitiendo los rigurosos exámenes de idoneidad, el conocimiento hidrodinámico de la traza local y las maniobras de simulación obligatorias.

PARA ENTENDER DE QUÉ ESTAMOS HABLANDO:

Esquema Profesional TradicionalModelo Desregulador Oficial
Exámenes de idoneidad técnica y conocimiento profundo del cauce fluvial.Reemplazo de controles por una simple Declaración Jurada (DDJJ).
Conocimiento baqueano de corrientes, sedimentación cambiante y canal estrecho.Entrada de capitanes extranjeros sin experiencia específica en la cuenca.
Prioridad de seguridad ambiental y portuaria para evitar varaduras y colisiones.Minimización del riesgo en favor de la reducción teórica de tarifas.

Riesgo de accidentes y el disparo exponencial de las pólizas

Navegar el Río Paraná o los accesos al Río de la Plata requiere una precisión milimétrica debido a los canales angostos, la constante variación de sedimentos y las corrientes cambiantes. Prescindir del conocimiento experto de los prácticos locales no reduce costos; eleva el riesgo a niveles exponenciales.

A falta de experiencia técnica ➔ Mayor riesgo de varaduras o colisiones.  Consecuencias:

   ➔ Bloqueo de canales navegables

   ➔ Disparo de seguros marinos (P&I) y sobrecostos por rescate

   ➔ Aumento neto del costo operativo global

-Bloqueos de canales: Una sola varadura de un buque de gran porte, en un paso crítico del Paraná (como el Paso Alvear o Paso Bermejo) puede paralizar el tráfico fluvial de todo el país durante días o semanas.

-Encarecimiento de seguros: Las compañías aseguradoras recalculan las primas en función del riesgo operativo. Si la idoneidad del practicaje se degrada a una mera DDJJ, las tarifas de los seguros se dispararán, anulando cualquier supuesto “ahorro” en el practicaje y multiplicando el costo final del flete.

-Riesgo socioambiental: Un accidente importante implica el peligro inminente de derrames de hidrocarburos o cargas peligrosas en un ecosistema frágil y sobre fuentes de agua potable estratégicas para millones de habitantes.

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Entrega de soberanía y persecución al trabajo argentino

Detrás de la retórica del “libre mercado”, la medida constituye una cesión directa de soberanía sobre las vías navegables internas. Al degradar las exigencias profesionales para beneficiar a las grandes multinacionales navieras y agroexportadoras, se extranjeriza el control del tráfico fluvial y se persigue sindical y laboralmente a los trabajadores y profesionales argentinos de la marina mercante.

La soberanía no es una consigna abstracta: se ejerce teniendo el control efectivo, técnico y profesional sobre los ríos y puertos de la Patria. Avasallar al practicaje argentino para sustituirlo por mano de obra precarizada o extranjera sin certificación es un golpe directo a la seguridad nacional y al patrimonio colectivo.

El frente de conflicto: Respuesta gremial, contraofensiva judicial y resistencia en los puertos

El impacto del Decreto 690/2026 impulsado por Federico Sturzenegger —que derogó la reglamentación histórica de 1991 (Decreto 2694/91)— encendió un conflicto sindical, operativo y legal de alcance sistémico. Lejos de un alineamiento pasivo, los sindicatos marítimos, las asociaciones profesionales y las corporaciones de prácticos cerraron filas en una contraofensiva articulada.

El impacto en los gremios de la Marina Mercante

La medida ataca directamente el corazón de la regulación del trabajo marítimo y fluvial argentino:

-Destrucción de la idoneidad y el mercado laboral: Al abrir los registros de la Prefectura Naval Argentina (PNA) sin límite de cupos y flexibilizar los requisitos para habilitar baqueanos y prácticos mediante simples Declaraciones Juradas, se precariza el oficio.

-Ataque a las atribuciones de soberanía: Organismos como la Asociación Profesional de Capitanes y Baqueanos Fluviales, el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales y el Centro de Capitanes de Ultramar denuncian que la norma entrega el monopolio operativo a armadores extranjeros, vulnerando los convenios colectivos y arriesgando la continuidad laboral de oficiales y marinos nacionales.

-Topes tarifarios unilaterales: La delegación de la fijación de tarifas a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) interviene directamente en la capacidad de negociación del sector profesional.

Medidas de fuerza: Parálisis total y la “rebeldía” de los oficiales

Como respuesta inmediata, el sector puso en marcha un cese indeterminado de actividades que abarca desde la Vía Navegable Troncal (Paraná/Gran Rosario) hasta los puertos atlánticos y patagónicos:

-Bloqueo operativo: Los prácticos y baqueanos interrumpieron la asistencia a bordo, dejando paralizada la carga y descarga de más de 150 buques graneleros, petroleros y contenedores.

-Solidaridad sindical: Cuando el Gobierno intentó desactivar la protesta pidiéndole al Centro de Capitanes de Ultramar que aportara reemplazantes o contingentes de emergencia para tripular y guiar los buques, los capitanes se negaron de forma contundente, cerrando filas con los prácticos en conflicto.

-Presión oficial y rol de Prefectura: Ante la contundencia de la medida, el Poder Ejecutivo pasó a la ofensiva intimando de manera individual a los profesionales mediante cédulas perentorias de la Prefectura Naval bajo amenaza de consecuencias penales, apelando al artículo 99 de la Ley de Navegación (20.094) que encuadra al practicaje como servicio público.

Estrategia judicial y denuncias penales en marcha

Las organizaciones gremiales y profesionales han trasladado el conflicto a los tribunales federales a través de tres frentes legales coordinados:

Acciones judiciales planteadas por el sector

-Acción de Amparo y Medidas Cautelares: Solicitan la suspensión urgente e inmediata de los efectos del Decreto 690/2026, argumentando la inconstitucionalidad de la norma, la violación de la soberanía nacional y el inminente peligro para la vida humana y la navegación.

-Acción Declarativa de Certeza: Planteada ante la Justicia Federal para que ratifique la vigencia de las exigencias técnicas de idoneidad y el estatus de la Ley de Navegación 20.094 por encima de un decreto de desregulación.

-Denuncia Penal contra Funcionarios (Art. 190 del Código Penal): Impulsada contra los firmantes de la norma (encabezados por Federico Sturzenegger y Javier Milei). Los gremios sostienen que degradar la exigencia de practicaje y permitir que personas sin idoneidad comprobada guíen buques de gran calado constituye un acto doloso que “pone en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave”, delito tipificado con penas de 2 a 8 años de prisión.

Frente de AcciónEstrategia Gremo-ProfesionalReacción del Gobierno Nacional
Gremial y OperativoCese indeterminado de asistencia a bordo; solidaridad entre gremios de marina mercante.Intimaciones perentorias a través de la Prefectura e intentos de reemplazo.
Judicial (Constitucional)Amparos y medidas cautelares por inconstitucionalidad y riesgo ambiental.Apelo a la figura de “servicio público” para forzar la prestación obligatoria.
PenalDenuncia criminal por violar el Art. 190 del Código Penal (seguridad náutica).Ratificación del relato de “apertura de mercados y baja del costo argentino”.

Teniendo en cuenta lo expuesto hasta aquí, nada parece mostrar una solución en el corto plazo sino, más bien, todo lo contrario. La dinámica de la escalada en el conflicto prevé su extensión y el endurecimiento de la lucha de los profesionales prácticos y la criminalización/judicialización de los trabajadores por parte del Gobierno Nacional.

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