El miércoles 3 de noviembre, en los Tribunales de Lomas de Zamora, familiares, amigos, compañeras y compañeros de trabajo, de la Agrupación Bordó de Sanidad, de Juntas y a la Izquierda y el MST acompañamos el juicio oral y público por el femicidio de Marcela Coronel, enfermera del Hospital Italiano, cometido por su ex pareja Gabriel Guevara y con el encubrimiento de su hermano Pablo.
El juicio llegó después de casi tres años del asesinato. La pandemia retrasó las instancias y fue excusa para restringir la participación pública en la sala. Ya han abierto restaurantes, boliches y canchas de fútbol, pero el sistema judicial aplica protocolos para sacarse la presión de encima. Por eso, aparte de los jueces, el secretario, la fiscalía, la querellante con sus abogadas y los imputados con los policías del penal y sus abogados, apenas seis personas pudieron presenciar el juicio.
El día fue tenso. Muchos de los problemas sólo se pudieron superar gracias al respaldo que tienen la mamá y la hermana de Marcela, incluida la firme intervención de nuestra compañera Vilma Ripoll, que además es ex enfermera del Italiano. El tribunal no quería dejar pasar más que a los familiares en primer grado de las partes. Pero al final entraron dos por los hermanos imputados -padre y madre- y cinco por la víctima: su mamá María como querellante, su hermana Lorena después de declarar, dos primas y Vilma.
Las demás personas que fuimos a exigir justicia por Marcela nos quedamos en la entrada de la sala, mientras que afuera de los Tribunales una delegación de trabajadoras y trabajadores del Hospital, compañeras de Juntas y a la Izquierda y militantes de nuestro MST Teresa Vive hacían el aguante a pesar de la lluvia, el frío y el calor, porque hubo de todo.
Al momento de la lectura de los alegatos, se pidió al tribunal que se abrieran las puertas de la sala para poder escuchar y que así el juicio sea realmente público, lo que se consiguió.
La fiscalía pidió la perpetua para Gabriel Guevara por femicidio, o sea homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por violencia de género. Es que las pruebas son contundentes y quienes declararon no hicieron más que confirmar el perfil de macho violento del femicida. Sobra evidencia.
Por el lado de la víctima, hubo un alegato categórico desarrollado por las abogadas patrocinantes Mariana Chiacchio y Claudia Leaños, nuestras compañeras del CADHU, el Centro de Abogades por los Derechos Humanos. En base a la fuerza de los hechos y con una clara perspectiva de género y social, argumentaron con solidez el pedido de cadena perpetua al femicida y el máximo castigo posible a su hermano encubridor (ver texto abajo).
Por último, el alegato de la defensa del femicida mostró una inconsistencia total, pero aun así solicitó su absolución. Luego, con total descaro, el propio asesino pidió la palabra para decir: “Yo también quiero justicia por Marcela”.
El juicio oral concluyó por la tarde. La sentencia será leída el martes 9 a las 12 y a pedido del fiscal será público al menos en forma virtual. La jornada terminó con una repudiable provocación por parte del padre y la madre de Gabriel Guevara, que con violencia agredieron a Lorena Coronel. Superado el mal trance, al salir María pidió sacarse una foto con todos los que acompañamos su reclamo.
Junto a los familiares y compañeros de trabajo, seguimos reclamando justicia por Marcela, perpetua al femicida Gabriel Guevara y máximo castigo a Pablo Guevara. ¡Marcela Coronel, presente!
César Latorre, delegado general Hospital Italiano
Alegato de las abogadas Mariana Chiacchio y Claudia Leaños (CADHU-MST) en el juicio por el femicidio de Marcela Coronel
Para comenzar este alegato, adherimos a la calificación penal solicitada por la fiscalía en cuanto al tipo penal en el que encuadran las conductas de los dos imputados en esta causa:
- Gabriel Guevara, por el delito de homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en los términos de los art. 45 y 80 inc. 1º, 2º y 11º del Código Penal Argentino, y en el contexto de violencia de género y violencia familiar (Leyes 26.485 y 12.569), conducta por la cual debe responder en calidad de autor (art. 45 CPA).
- Y Pablo Guevara, por el delito de encubrimiento, en los términos del art. 277 inc. 3.a del Código Penal Argentino.
Conforme la contundente prueba producida, se encuentran debidamente acreditadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que Gabriel Guevara asesinó a Marcela Coronel, el aporte posterior prestado por Pablo Guevara y la calificación legal otorgada por esta parte a las conductas de los encartados.
- Con respecto a la agravante por el vínculo, se encuentra acreditado que mediaba relación de pareja y convivencia entre Marcela Coronel y Gabriel Guevara.
- Con respecto a la alevosía, queda acreditada la comisión del delito de homicidio agravado por alevosía, ya que el encartado Gabriel Guevara con claras intenciones de ocasionar la muerte de Marcela Alejandra Coronel, en forma previa a cometer el homicidio y con el claro objetivo de actuar sobre seguro, le propinó una feroz golpiza en diferentes partes del cuerpo y golpes en la cabeza. Dejó a Marcela Coronel en total estado de indefensión, lo que generaba que Gabriel Guevara actuara sin riesgo para sí, tal como pretendía. Luego Gabriel Guevara procedió al estrangulamiento de la víctima mediante la utilización de una soga, ocasionándole lesiones de tal entidad que le produjeron la muerte por asfixia mecánica.
- Con respecto a la agravante por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, surge de la prueba rendida a lo largo del presente debate que Marcela Coronel era víctima de violencia de género por parte de Gabriel Guevara y que todo el accionar de violencia ejercida por el encartado terminó de la peor forma, con el femicidio de Marcela.
Con respecto a la responsabilidad que cabe atribuirle a Pablo Guevara, ésta es la de encubrimiento agravado. Queda acreditada la responsabilidad del encartado Pablo Guevara en el hecho, debiendo responder a título de partícipe secundario, toda vez que ha efectuado un aporte posterior al hecho, pero con una promesa previa, lo cual se encuentra debidamente acreditado y se encuentran reunidos los elementos del tipo penal.
Como surge de la propia declaración del encartado (fs. 915/923 vta. y fs. 1073/1075 vta.), “siendo las 0.30hs. del día 28 de mayo del corriente habló por la red social Messenger Lite con su hermano Gabriel, que sostuvieron la conversación durante un tiempo y luego en el lapso entre la 01.30 hasta las 02.40 no hablaron más…” Luego, a las 02.50, supuestamente Gabriel Guevara le habría manifestado: “Gato, venite para casa que me mandé una cagada, algo groso”. Claramente es un mero intento por mejorar su delicada situación procesal e intentar que encuadre su accionar en una conducta menos gravosa. Era policía, tiene conocimientos de derecho penal. Por ello, debemos afirmar que en dicha conversación Pablo Guevara se comprometió a prestar la cooperación que luego efectivamente prestó.
Del desarrollo de este propio debate, y del conjunto de pruebas que acumula la causa, surge el total desprecio por la vida de Marcela Coronel que sentía el imputado Gabriel Guevara. Esto quedó en evidencia con cada uno de los actos que quedaron probados en este debate. Él ejerció violencia en forma continua y sistemática hacia ella, aun después de haber cometido el más irreversible acto de violencia contra una persona, que es quitarle la vida, asesinarla.
Durante su relación, Marcela fue sometida a golpes por parte de Gabriel Guevara. Así se desprende del informe profesional elaborado por el Dr. Julián. En su cuerpo quedaban huellas de varias golpizas anteriores al femicidio.
- A su vez, su amiga S.B, quien compartía con la víctima no sólo confidencias sino también el ámbito laboral y además conocía al imputado, brindó un relato extenso del maltrato previo que sufrió Marcela, tanto físico, psicológico como moral. S. trabajaba en el Hospital Italiano al igual que Marcela, pero también el imputado había trabajado allí. Es clara la testigo al relatar las humillaciones que sufrió la víctima: Gabriel Guevara la denigraba una y otra vez, con fines de satisfacer sus supuestas “pulsiones sexuales” de varón, de macho alfa, intentando seducir a toda mujer que se le cruzara en el trabajo. La engañó muchas veces, aun estando embarazada. No le importaba nada, incluso si Marcela se enteraba. Nada lo detuvo: fue y es un depredador de cuerpos femeninos.
- Por ejemplo M.V. sobrevivió a las prácticas de violencia del imputado. La testigo ha sido abundante en su relato de las penurias, humillaciones, golpes y sometimiento por parte de Gabriel Guevara. A ella también intentó estrangularla. En los hechos, Gabriel Guevara pretende mujeres sin cabeza propia, sin independencia. Quiere simplemente cuerpos femeninos para su propio placer, es decir relaciones de uso y abuso. Y cuando estas mujeres intentan defenderse, escapar de su violencia, vivir libres de sometimiento, simplemente las mata. M. V. pudo sobrevivir. En cambio Marcela ya no está. Y más allá del necesario reclamo de justicia, ni su familia, ni sus amigas y compañeros de trabajo, que están aquí presentes, podrán recuperarla.
- La testigo E.V., quien también trabajaba con la víctima y con el imputado, en su relato manifestó los continuos maltratos sufridos por Marcela, vio las marcas de la violencia en su cuerpo, los moretones y escuchó de la propia víctima el relato de la violencia que sufría por parte del imputado. Celos, engaños, violencia física y psicológica. Entre las víctimas mujeres de Gabriel Guevara, E. es otra sobreviviente: la acosaba sexualmente en el trabajo hasta el punto que la mujer temía por su integridad física. De los dichos de esta testigo surge que incluso después del femicidio de Marcela él siguió violentándola, viralizando videos íntimos con la víctima, exponiendo su sexualidad y denigrando su memoria.
Como de manera sumamente clara lo planteó el fiscal, no hay duda de que el femicidio de Marcela Coronel se produjo entre las 1.30 y las 4.30 de la mañana del día 28 de mayo de 2018. El informe de la autopsia es contundente y por lo tanto no vamos a reiterar lo ya expuesto por el fiscal, a lo que adherimos plenamente.
- Por su parte C. L., quien había mantenido una relación sexo-afectiva con el imputado, relató la violencia sufrida mediante amenazas.
De hecho, Marcela fue asesinada un poco cada día durante el período que compartió con el imputado. Con cada infidelidad, engaño, insulto, se robaba su alegría, se robaba un poco de su vida. La alejó de su familia, de sus amigas y amigos, de sus compañeros de trabajo, para que se sintiera sola. Mutiló la integridad de la víctima, haciéndole sentir que su vida valía poco y nada, minando su autoestima hasta el punto de sometimiento.
- Por ejemplo, la testigo V.A. cuenta cómo se la veía caminar a Marcela por la calle, junto al imputado, con una postura corporal de sumisión y miedo. Y esta testigo también percibió con sus propios sentidos las penurias sufridas por Marcela mientras convivía con el imputado.
Las conductas ejercidas por el imputado fueron propias de un varón que se adueña de su pareja y la transforma en objeto. La víctima fue deshumanizada cada día de su vida junto a Gabriel Guevara, hasta el punto de convertirse en un mero objeto de reproducción, satisfacción sexual, cuidadora y además proveedora del hogar, al que aportaba su salario como enfermera. Es importante para nosotras destacar y reivindicar el rol de Marcela Coronel como trabajadora. Una doble trabajadora: en su hogar y también en el Hospital Italiano. Esa es la doble carga de la mujer, en este caso la doble tarea de la enfermera: cuidar en su hogar y cuidar a los pacientes. Así era Marcela: una laburante, una doble cuidadora.
Por los mensajes surgidos a través del informe de la Oficina de Gestión de Información Tecnológica, la OFITEC, sabemos que Marcela estaba dispuesta y decidida a poner fin a la relación a ese vínculo de sometimiento machista, con la fuerza que le quedaba. Pero a esa altura, este depredador iba a cometer su violencia más extrema.
Y no es casual: pasa en muchos casos. Cuando los violentos perciben que está en riesgo su dominio machista, que pueden perder lo que consideran un objeto de su propiedad, se deciden a matar. “Mía o de nadie” es su lema.
Así, luego de una noche de diversión, y ante la presencia de su propia hija de 18 meses, L. , Gabriel Guevara golpeó con tanta saña y odio a Marcela, al punto de dejarla semi-inconsciente, para literalmente destrozarle el cráneo y, ya con la víctima en total estado de indefensión, estrangularla con una soga, que obra en la causa, hasta matarla.
Ante el hecho cometido, Gabriel Guevara recurre a la ayuda de otro varón: su hermano, Pablo Guevara. Pablo no duda y va a la vivienda de la calle Arlt en ayuda de su hermano para montar una escena del crimen. Pablo tenía conocimientos por haber sido agente de la Policía Bonaerense, de donde fue exonerado por robo, y así tratar de garantizar la impunidad del femicidio.
Gabriel se va luego a trabajar -claramente con el objetivo de no alterar sus rutinas habituales para evitar que las sospechas recaigan sobre su persona y establecer una coartada- y en ese marco Pablo Guevara abandona a su sobrina Luciana, de apenas 16 meses, en la calle. Una clara complicidad con Gabriel Guevara a fin de preparar su cortada. Este accionar muestra otra faceta de la cultura machista, con ambos imputados en hermandad de sangre y también de género. Machismo de varones que violentan a las mujeres hasta la muerte y que luego, a veces, hasta nos descartan entre la basura. Eso es lo que hicieron Gabriel Guevara y Pablo Guevara con el cuerpo de Marcela, la víctima. Si bien la responsabilidad de ambos imputados no es la misma, los une un mismo componente de misoginia y machismo: el desprecio por la mujer y su degradación. Al cuerpo sin vida de Marcela lo tiraron en un galpón de la casa, en el galponcito de los trastos en desuso.
Este maltrato a las mujeres y a nuestros cuerpos no es novedad. En esta sociedad capitalista, la desigualdad de género y la cultura patriarcal nos asignan a las mujeres el rol de cuidadoras del varón y de la familia. Al varón, jefe familiar indiscutido, le debemos garantizar el goce sexual, la alimentación, la ropa, la limpieza y atención del hogar, y el cuidado de las hijas e hijos. Y todas esas tareas domésticas, sin reconocimiento ni remuneración alguna.
Marcela padeció ese sometimiento al varón, ninguneada, maltratada y violentada. Luciana, su hijita, condenada a la orfandad y privada del amor de su mamá con apenas un año y medio de edad. Y María, la mamá de la víctima, cargará de por vida con el dolor de la ausencia de su hija.
El femicidio de Marcela no nos es ajeno: lo padecemos. ¿Pero por qué ocurren estos crímenes?
La peor expresión de la violencia machista es el femicidio: el asesinato de una mujer sólo por ser mujer. En nuestro país se cobra la vida de una mujer o niña cada 28 horas, casi una por día, cada día. La causa de la violencia de género es sistémica. El femicidio es la forma más extrema de violencia contra las mujeres, pero no la única: hay violencia física, psicológica, económica, simbólica, etc.
La construcción social del género le asigna determinados atributos a cada persona según su sexo. Y hay una asimetría clara, que todavía se mantiene: al varón se lo considera superior y, a las mujeres y disidencias, inferiores. Esa relación desigual de poder, llena de prejuicios y estereotipos, de dominio del hombre sobre la mujer, en donde la palabra masculina es el criterio de “la verdad”, de “lo correcto” en todos los ámbitos, es el patriarcado. En suma, nuestras vidas valen menos. Como valía menos la vida de Marcela para los acusados, hijos sanos del patriarcado.
Gabriel Guevara es un obsesivo, celoso, controlador, posesivo, violento verbal y físicamente, manipulador e infiel. Por eso el femicidio de Marcela tuvo lugar en un contexto de violencia familiar y de género. Ese tipo de violencias contra la mujer, a las que fue sometida Marcela, son una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales, una ofensa a su dignidad en el ámbito público y privado.
Por eso exigimos Educación Sexual Integral en todas las escuelas. Más presupuesto para prevenir y combatir la violencia de género. Licencias por violencia de género. Ingreso efectivo al mercado laboral, sin obstáculos. Acceso a la justicia con patrocinio gratuito, que aunque es ley no se aplica. Ante denuncias graves por violencia, detención preventiva del violento y pericia psicológica inmediata para resolver qué hacer. Asistencia integral a las víctimas de violencia de género, ya que “ninguna mujer puede defenderse de la violencia machista si no puede sostener su autonomía económica y la soberanía sobre su cuerpo”. No basta un subsidio del Programa Acompañar de 21.000 pesos por seis meses. También reclamamos más capacitaciones con la Ley Micaela y más fiscalías de género. Decimos todo esto porque si bien hoy reclamamos a este tribunal la condena más dura que les pueda caber a los dos imputados, la respuesta del Estado ante una problemática integral como lo es la violencia de género no debe limitarse al plano penal.
En ese sentido, compartimos lo que sostiene el colectivo Ni Una Menos: “El endurecimiento de la penalización y la ampliación de condenas no disuaden los crímenes contra la vida: es demagogia punitiva ante la indignación social. El derecho penal llega tarde: se activa cuando estamos muertas… pedimos políticas que eviten los asesinatos: que refuercen la educación con perspectiva de género, la capacitación de agentes judiciales y de seguridad, la velocidad de la respuesta estatal ante las denuncias”.
A su vez, tener una mirada jurídica con perspectiva de género en el Poder Judicial es una obligación, regulada en nuestro ordenamiento jurídico. Para comprender en toda su integralidad las violencias y desigualdades que atraviesa la mujer, la perspectiva de género no sólo es útil sino imprescindible.
Si la tarea del Estado argentino, a través de sus instituciones y acorde a la CEDAW, la Convención de Belém do Pará y a Ley 26.485 es “erradicar toda forma de violencia y discriminación hacia las mujeres y garantizar para ellas una vida libre de violencias” es preciso que este tribunal aplique el agravante de femicidio al caso y por ello pedimos se declare culpable a Gabriel Guevara de femicidio; técnicamente, por el delito de homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, en los términos de los art. 45 y 80 inc. 1º, 2º y 11º del Código Penal, en el contexto de violencia de género y violencia familiar (Leyes 26.485 y 12.569). Y a Pablo Guevara, por el encubrimiento agravado, en los términos del art. 277 inc. 3.a del Código Penal. Reclamamos, entonces, se condene a prisión perpetua a Gabriel Guevara y a 6 años de prisión a Pablo Guevara. ¡Marcela Coronel, presente! ¡Ahora y siempre!