jueves, 21 noviembre 2024 - 17:57

Palpalá, no al GIRSU. Movilización al Concejo y 5 propuestas ante el tarifazo por la basura

Desde temprano, este miércoles 21 se realizó una importante protesta frente al Concejo Deliberante del municipio de Palpalá, en Jujuy. La movilización rechazó una vez más la insistencia de querer imponer un mega tarifazo con el proyecto conocido como Tasa GIRSU, ante la negativa de una minoría de 4 concejales (dos del PJ y dos de la UCR), junto al intendente Rivarola (PJ) y el gobierno de Sadir (UCR) de apoyar que sea el pueblo trabajador el que decida a través de un plebiscito o consulta popular vinculante, tal como contemplan la Constitución y las leyes.

Con el apoyo del pueblo palpaleño nos mantenemos firmes, no dimos quórum, se volvió a caer la sesión y celebramos un acto junto a organizaciones sociales, gremiales, políticas y vecinales, en apoyo a Betina Rivero (MST) que se plantó a las maniobras de la presidenta del Concejo (UCR), junto a los demás concejales del FIT Unidad y el Frente Palpaleño, opositores a este impuestazo. Aunque amenazan con sanciones ya dijimos que no a esta nueva tasa y planteamos que sean los vecinos quienes decidan.

Betina Rivero y los demás concejales, enfrentan las maniobras de la presidencia del Concejo

El proceso de movilización va tomando cuerpo, ya que se formó una coordinadora multisectorial contra el GIRSU, empresa armada por el ex gobernador Morales como Sociedad del Estado con capitales privados. Lleva 8 años y lejos de mejorar la recolección de basura, se sufre un constante deterioro como evidencian los pedidos de informe del Concejo, ante accidentes de trabajadores por el mal estado de los camiones recolectores, y los reclamos vecinales por la falta de recolección en sus barrios, con casos de meses sin servicio.

Además de ser Palpalá el único municipio con Centro de Deposición Final de residuos de toda la provincia, ubicado en Chanchillos, con la contaminación que implica. Ya que las tierras para tratar la basura tendrán una contaminación que se mantendrá por 100 años, la fauna consume los restos de basura, hay daño ecológico y peligro de contaminación del subsuelo, de las aguas subterráneas y de los arroyos, así como posibles incendios o explosiones por los gases de fermentación, malos olores, proliferación de ratas, moscas, alimañas, gusanos.

Palpalá es una de las ciudades con mayor contaminación en Jujuy, al sufrir un alto nivel en el derrame de residuos industriales, niveles elevados de combustión registrados por los estudios de impacto ambiental y la aparición de patologías como el saturnismo, enfermedades alérgicas que afectan las vías respiratorias y demás afecciones.

5 propuestas para que el pueblo trabajador decida

Por eso y considerando que las propuestas de los tres concejales del Frente de Izquierda Unidad y del concejal del Frente Palpaleño siguen sin respuesta, frente a la insistencia de convocar a Sesión este miércoles 21, con nuestra concejala Betina Rivero (MST FIT Unidad) presentamos estos 5 puntos para dar salida a esta situación crítica:

1. Dar resolución al pedido para que el cuestionado Expediente N°187-D-24 ([1]) pase a Comisión N° 1 y quede Pendiente de Tratamiento, haciendo uso de las atribuciones y mecanismos parlamentarios de los Art. 132º, 139º y 144º de la Carta Orgánica municipal ([2]). Si se aprueba, se podrán debatir las alternativas democráticas propuestas con la comunidad y nuestros bloques. En ese caso y de haber un claro acuerdo, se podría sesionar para tratar los más de 60 expedientes pendientes, trabados por la cerrazón y las persistentes maniobras antidemocráticas de esta minoría oficialista.

2. Considerar inválida la denominada “sesión en minoría” que dicen haber realizado el 14 de agosto, sin respetar los mecanismos establecidos en la Carta Orgánica (Art. 37º), en el Reglamento Interno del Concejo Deliberante (Art. 98º, 118º y 119º) y en toda la normativa parlamentaria. Por lo tanto, rechazar y desestimar los planteos de aplicar sanciones y/o conminar con la fuerza pública a concejales que nos oponemos a que se apruebe este tarifazo del 1.200% como mínimo. Porque son actos desesperados de una minoría de 4 concejales, el intendente y gobernador, que quiere imponerlo por encima de la mayoría de los trabajadores y sectores populares de nuestro municipio, al que sí representamos los 4 concejales del Frente de Izquierda Unidad y el Frente Palpaleño.

Su objetivo, además de una recaudación millonaria, es financiar negocios entre funcionarios y empresarios privados, con la licitación del servicio de recolección y el tratamiento de los residuos, a través de una nueva tarifa compulsiva que se pagaría en la boleta de luz. La hemos rechazado y vamos a defender el mandato popular, con todas las herramientas democráticas y la movilización del pueblo trabajador.

3. Convocar a Sesión Especial para tratar todos los expedientes pendientes y más urgentes, haciendo uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 114º, 115º y 116º del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Palpalá ([3]).

Leo Rivero MST Jujuy en el FIT Unidad

4. Convocar a un plebiscito ([4]) o consulta popular vinculante desde este Consejo para que el conflicto pueda ser decidido democráticamente por el pueblo trabajador de nuestro populoso municipio. Este mecanismo lo contempla el Artículo 40 de la Constitución Nacional y la Ley Nº 25.432 de Consulta Popular Vinculante ([5]). Así será posible que la tarifa para la recolección y el tratamiento de los residuos sea debatida en forma pública y resuelta en una consulta popular, con la más amplia participación de toda la comunidad.

Esa Ley 25.432 establece que la Cámara de Diputados -en nuestro caso el Concejo Deliberante- puede someter a consulta popular vinculante un proyecto de ley (en este caso, de ordenanza). Que la norma para su “convocatoria no podrá ser vetada” y si el electorado apoya, el proyecto de rechazo y propuesta se “convertirá en ley y su promulgación será automática”. Para eso es posible apelar a las atribuciones del Artículo 151º de la Carta Orgánica ([6]).

5. Avanzar en una salida de fondo, como planteáramos desde iniciado este conflicto para conformar un sistema o empresa pública estatal de recolección, limpieza, barrido, control, planificación, traslado y tratamiento según las normas de protección de la salud y el medioambiente de la basura y los residuos sólidos urbanos, bajo el estricto control de sus trabajadores, organizaciones ambientales, sociales, barriales, vecinales, comunitarias y usuarios en general.

Por eso, desde el MST en el Frente de Izquierda Unidad creemos fundamental preparar una gran movilización por las calles de Palpalá con el conjunto de las organizaciones sociales, sindicales, socioambientales y políticas, los centros vecinales y vecinos en general, para tirar abajo de una vez por todas está tasa fraudulenta, confiscatoria e ilegal como lo es la tasa GIRSU.

MST Palpalá, Jujuy

en el FIT Unidad


[1] Expediente iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Nota N°92/24 REF: Remite Proyecto de Ley enviado por el Concejo Directivo Girsu Jujuy S.E.

[2] ARTICULO 132º: INGRESO Y GIRO A COMISION. Todo proyecto será rechazado o destinado a la Comisión correspondiente, previa aprobación de moción efectuada por algún Concejal.- ARTICULO 139º: RETIRO DE ASUNTO. Un proyecto que se encuentre a consideración del Concejo… podrá retirarlo o modificarlo; a no ser por Resolución de Cuerpo, mediante petición del autor o de la Comisión en su caso.- ARTICULO 144º: OBJETO. ENUMERACION. Es moción de orden toda proposición que tenga alguno de los siguientes objetivos: f) Que se aplace la consideración de un asunto que esté en discusión en el Orden del Día, por tiempo determinado o indeterminado. g) Que un asunto se envíe o vuelva a Comisión.

[3] En los Artículos 114º, 115º y 116º del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de Palpalá se establece que “el Concejo podrá efectuar Sesión Especial cuando un asunto imprevisto de índole no común o de excepcional importancia, hiciera necesario celebrar Sesión” (Art. 114º). Que dichas “Sesiones Especiales tendrán lugar por Resolución del Concejo, de la Presidencia, o a solicitud de un tercio de los Concejales” (Art. 115º). Especificando además de forma taxativa que “todo pedido de Sesión Especial debe consignar el asunto que la motiva… no podrá tratarse otro asunto que aquel para el que se ha pedido la convocatoria y realizado las citaciones”.

[4] ¿Qué es un plebiscito? Según las consideraciones en la materia, es una consulta que se somete al voto popular directo para que la ciudadanía apruebe o rechace una propuesta sobre una cuestión política o legal. Es un mecanismo de participación ciudadana propio de los regímenes democráticos y sirve como instrumento de consulta directa sobre algún asunto de excepcional importancia que requiera el expreso consentimiento de los ciudadanos.

[5] Ley 25.432, promulgada el 21 de Junio de 2001 https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/ley_25.432_consulta_popular.pdf

[6] El Art. 151º de la Carta Orgánica establece que “el Concejo Deliberante, mediante ordenanza, reglamentará el ejercicio uniforme del derecho electoral en el Municipio”. Atento a ello, “las elecciones deberán efectuarse conforme al Padrón Municipal y por el Padrón Nacional o Provincial si faltare aquel, y serán convocadas de acuerdo a lo que establezcan las leyes vigentes en la materia”.

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