La Cámara Nacional del Trabajo declaró como inconstitucional la reforma laboral, que el gobierno nacional quiere llevar a cabo por medio del DNU 70/2023 en su capítulo referido a las reformas del trabajo.
Tomando el amparo presentado por la CGT, La Sala de Feria de la Cámara del Trabajo resolvió la inconstitucionalidad del capítulo IV (artículos del 57 al 97) del Decreto de Necesidad y Urgencia presentado por el gobierno de Javier Milei. Los jueces Manuel P. Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, fueron los encargados de firmar este fallo, en la cual sentencian que dicho capítulo es contrario al artículo 99, inciso tercero de la Constitución Nacional, donde se establece que el Poder Ejecutivo no tiene la capacidad de emitir disposiciones de carácter legislativas.
Los magistrados dejaron en claro que: “no puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso, o que no se halla sujeto al control judicial.” Y además agregaron en el fallo que: “No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU.”
Otro de los argumentos que utiliza el fallo de 15 carillas es: “la vulnerabilidad es una circunstancia que afecta a la persona que trabaja en relación de dependencia, dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo”
Esta resolución de la justicia es otro duro revés al gobierno nacional que viene sumando una serie de grandes golpes sobre tres de sus proyectos más importantes para el desarrollo de su programa, la Ley Ómnibus, el DNU y el protocolo antipiquetes.
Hay que recordar que el Decreto de Necesidad y Urgencia, que entró en vigencia el 29 de diciembre del 2023, ya venía con varias heridas. Por ejemplo, de los 14 capítulos que contiene, 10 se encuentran judicializados, como lo son los de reforma del Estado, comercio exterior, justicia, salud, deportes y turismo. En el caso del capítulo IV del DNU, encargado de aplicar una reforma laboral, ya tenía varias causas para que sea judicializado, como lo fueron las presentadas por la CGT y la CTA. Por otro lado, tampoco hay que olvidar que al derrotero de este fallo todavía le queda pasar por la revisión de la reaccionaria Corte Suprema de Justicia.
Además, es para resaltar que el fallo en contra de la justicia es consecuencia de lo grosero del contenido de este decreto, en donde el Ejecutivo se otorga facultades sobre cuestiones que son de fondo, comportamiento que resalta lo autoritario de este gobierno. Pero además de esto, no hay que perder de vista la falta de cuestionamiento de la justicia sobre el contenido de la reforma laboral propuesta, porque es ahí donde se muestra la estrategia de la burguesía.
Este fallo sobre el DNU y las discusiones en torno al tratamiento de la Ley Ómnibus son los resultados de las movilizaciones que se vienen realizando desde el 20 de diciembre de 2023 en contra de los planes de Milei, dejando en claro que acciones masivas como lo fue el paro y la movilización del 24E, son las verdaderas herramientas para enterrar estas políticas de ajuste y represión.
Como ya lo sabemos no podemos apostar ni en la justicia, ni en el trabajo parlamentario de los partidos tradicionales del régimen para frenar las medidas de este gobierno. Como decimos desde el MST en el FIT-U se vuelve importantísimo rodear el Congreso este miércoles 31 de enero en el momento que se trate la Ley Ómnibus para frenar todo este programa que solo beneficia a los sectores más concentrados de la economía y hace pagar la crisis a los sectores populares y a las mayorías trabajadoras.
A continuación, compartimos el fallo completo: