miércoles, 18 diciembre 2024 - 12:59

Neuquén. Comunicado de la Pu zomo de la Confederación Mapuche

Reproducimos el comunicado leído por la Pu zomo de la Confederación Mapuche de Neuquén en la conferencia de prensa realizada este jueves 6 de octubre en solidaridad con el Lof Lafken Winkul Mapu, desalojada brutalmente por un operativo conjunto de las fuerzas armadas.

Presidente Alberto Fernández Vicepresidenta Cristina Fernández Ministro de Seguridad Aníbal Fernández
Ministro de Derechos Humanos Horacio Pietragala
Ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad Elizabeth Alcorta Ministro de Ambiente Juan Cabandie
Presidente de Administración de Parques Nacionales Federico Granato Gobernadora Arabela Carreras

Repudiamos la represión y “cacería” del comando unificado creado en el gobierno de Mauricio Macri y reactivado por Alberto Fernández días atrás para el desalojo del Lof Lafken Winkul Mapu y denunciamos el traslado de pu lamgen detenidas, desde Furilofche hasta Buenos Aires como ya lo hicieron con el genocidio hace apenas 140 años. Argumentan descaradamente basarse en los derechos de las mujeres para encerrarnos impunemente en el Penal de Ezeiza.

Volvió a mediar la extrema violencia, como continuación de la violencia que asesinó a Rafael Nahuel hace casi 5 años, delito que sigue impune. La represión desde el 4 de octubre está mostrando nuevamente sus mecanismos punitivos, racistas y patriarcales, y una supuesta justicia que no para de vulnerar todos nuestros derechos como Pueblo, como niñes y como mujeres mapuce.

Exigimos el retorno de nuestras hermanas y que el proceso judicial con el que arremeten y criminalizan la defensa territorial sea en la Ciudad de Bariloche, cercana al territorio del que ya fue despojada la comunidad.

Alertamos por los niños que fueron perseguidos durante más de 12 hs dentro del territorio, resguardándose de las fuerzas policiales que los persiguieron montaña adentro, desoyendo todo marco de derecho de las infancias y derechos que respaldan al Pueblo Mapuce.

También repudiamos profundamente el cautiverio de la lamgen Romina Rosas con 40 semanas de gestación, propio de la última dictadura militar, privándola de su derecho a parir en libertad y según nuestra concepción y sistema de salud mapuce.

Producto de la represión y violación de todos sus derechos, vemos con preocupación que la lamgen adelante forzosamente el proceso fisiológico del parto, poniendo en peligro las vidas, y careciendo de las condiciones para tener un parto respetado en su territorio. Impiden con esto, el cumplimiento del rol de pvñelcefe (partera mapuce) que asiste y acompaña el proceso del preparto, parto y posparto violando los derechos de esa infancia mapuce a nacer libre de violencia.*

Como mujeres mapuce de la Confederación Mapuce de Neuquén sentimos mucha indignación por lo que están haciendo con nuestras lamgen, mujeres, mapuche, madres de hijes pequeños.

Nuestra relación como mujeres mapuches con el territorio es muy fuerte, casi es imposible pensarnos lejos de él. El territorio es nuestra vida, el lugar donde decidimos traer a esta Mapu a nuestres hijes, donde proyectamos nuestro Kvme felen.

Nosotras criamos, educamos, sembramos, cosechamos, amamos, cuidamos, a todo lo que la mapu nos provee, a nuestras reñma (familia) y picikece (niñes) porque ese es nuestro rol y es por eso que sentimos el dolor que están sintiendo nuestras lamgen.

Nos sentimos atravesadas por el dolor de nuestras lamgen del Lof Lafken Winkul Mapu y exigimos el cese de la represión que impulsa la derecha racista y medios hegemónicos que replican discursos de odio contra el Pueblo Mapuce. Exigimos el urgente retorno a Furilofche de las lamgen trasladadas y su inmediata liberación.

Seguiremos defendiendo nuestros territorios, el ixofijmogen, todas las vidas, nuestres picikece y levantándonos por nuestro derecho a la libredeterminación. Mariciwew, Mariciwew, Mariciwew, Mariciwew!

Pu zomo de la Confederación Mapuce de Neuquén

*Normativa que ampara el Derecho a Parir con pertinencia cultural. Amparados en la normativa internacional:
Art 24 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas; Art. 25 inc. 2 Convenio 169 OIT, normativa constitucional: Constitución Nacional Art. 75 inc. 17, 22 y 24.
Ley Nacional de Derechos en el Nacimiento Nº 25.929; Ley Nacional 26485 de protección para erradicar la Violencia hacia las mujeres; Ley 26.529 Derechos del paciente en su relación a los profesionales e instituciones de la salud (Capítulo III Del Consentimiento Informado);
En lo general: Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 19 y 25.2), Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Art. 2d, 12 1 y 2), Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 24), y Convención Americana sobre Derechos Humanos –Pacto San José de Costa Rica (Art. 5, 11 y 19).

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