Milei, Bullrich y Sturzenegger. Ni derecho a enfermarse

El gobierno de Javier Milei avanza con una contrarreforma laboral que no solo precariza el empleo y restringe fuertemente el derecho de huelga: ahora pretende recortar otro derecho elemental, el de cobrar el salario completo cuando un trabajador se enferma o sufre un accidente fuera del ámbito laboral.

Junto a Patricia Bullrich y Federico Sturzenegger, con lo votado en el Senado, el oficialismo impulsó cambios escandalosos en los artículos 208 y 209 de la Ley de Contrato de Trabajo, que reemplazarían el actual sistema de salario íntegro por un esquema de castigo económico en el momento de mayor vulnerabilidad: cuando nuestra salud falla o se ve afectada por algún accidente.

Licencias por enfermedad: cómo es hoy y qué quieren cambiar

Actualmente, la Ley de Contrato de Trabajo garantiza que, ante una enfermedad o accidente inculpable —es decir, no relacionado con el trabajo—, el trabajador o trabajadora cobre el 100% de su salario habitual durante un período que varía según la antigüedad y si tiene o no cargas de familia. Ese plazo puede extenderse hasta 12 meses en los casos de mayor antigüedad y con responsabilidades familiares.

Hasta hoy se reconocía como “inculpables” a todos aquellos accidentes o enfermedades que no están relacionados ni originados por el trabajo y que la Ley de Contrato de Trabajo obliga a que la remuneración sea abonada por el empleador (ver, Art. 208 [1]).

La reforma elimina este esquema y lo reemplaza por otro mucho más restrictivo. En primer lugar, reduce los plazos: desaparece la posibilidad de llegar a 12 meses y se fija un máximo de 3 meses para quienes no tengan cargas de familia y 6 meses para quienes sí las tengan, sin importar la antigüedad. Es decir, se borra de un plumazo el reconocimiento a los años trabajados.

En segundo lugar, modifica la base de cálculo: ya no se tomaría la remuneración habitual —que incluye adicionales, sumas en “gris” y otros conceptos variables— sino únicamente la remuneración básica. Y lo más grave: se deja de pagar el 100% del salario.

Si la enfermedad o el accidente no derivan de una “actividad voluntaria y consciente” que implicara riesgo, el trabajador cobraría igual menos, solo el 75%. Si el gobierno o la patronal consideraran que sí hubo una conducta voluntaria que implicó riesgo —por ejemplo, jugar al fútbol u otra actividad un fin de semana—, el salario se reduce a solo el 50%.

La perversa figura de la “actividad voluntaria” y la “culpa” por enfermarse

Aquí aparece uno de los engendros más regresivos del proyecto votado por los senadores, incluyendo a los del PJ. Se introduce la idea de que, si la imposibilidad de trabajar es consecuencia de una “actividad voluntaria y consciente del trabajador que implicara algún riesgo en la salud”, la persona cobrará solo el 50% del salario básico.

¿Qué significa esto? Que si alguien se lesiona haciendo deporte, andando en bicicleta, arreglando su casa, cambiando una lamparita, cocinando o realizando cualquier actividad cotidiana que el patrón, el gobierno o un juez consideren “riesgosa”, será castigado con la mitad de su sueldo. Se instala así una lógica de culpabilización: enfermarse o accidentarse deja de ser una contingencia humana y un derecho social a reconocer y garantizar para convertirse en una “responsabilidad individual” que habilita el recorte salarial.

El garca y antiobrero ministro Sturzenegger lo dijo sin rodeos: si te lastimaste jugando al fútbol porque en el fin de semana fuiste a hacer un “picadito”, el empleador “no tiene nada que ver” y entonces corresponde que te paguen solo el 50%. Lo mismo que si sales a caminar y tienes algún accidente, eres “culpable” por correr ese riesgo y lo pagas de tu bolsillo.

Es el darwinismo social hecho norma: si te pasa algo fuera del horario laboral, arreglate solo y cobrá menos. Un escándalo que debemos rechazar con toda esta reforma esclavista, con paro y movilización el jueves 19.

Enfermedades crónicas: el ajuste sobre quienes más lo necesitan

El proyecto también endurece las condiciones para quienes padecen enfermedades crónicas. La “recidiva” —es decir, la reaparición de una enfermedad— no será considerada una nueva enfermedad salvo que hayan pasado dos años. Esto limita severamente los períodos de licencia paga para quienes sufren patologías recurrentes, obligándolos a agotar rápidamente los plazos reducidos que fija la reforma.

Frente al repudio masivo -porque afectaría incluso a quienes padecen un cáncer u otra enfermedad grave-, la ahora senadora Bullrich salió a anunciar que “sobre enfermedades severas, degenerativas o irrecuperables” mantendrían el 100% del salario. Pero aclaró que será “solo en caso de corroboración concreta y fehaciente”. Y remató con una frase que pinta de cuerpo entero la concepción oficial: “A los vivos se les va a terminar la avivada. Si te querés hacer el vivo, vas a cobrar el 50%”.

Increíble argumentación, porque acá corresponde hasta preguntarse: si hubiera una “avivada” como dice, ¿por qué debería cobrar el 50%? Toda “avivada”, abuso o exceso se debe investigar y cortar, no pagarle menos al conjunto como supuesto “castigo” por algunos “vivos” que igual cobrarían como el resto… Es increíble lo que llega a decir esta gente, con tal de meter sus falsas conciencias en la sociedad.

Es la misma lógica que aplicaron en discapacidad: toda persona está bajo sospecha, a la totalidad de menores, adolescentes y mayores con una discapacidad reconocida, se les consideró potencialmente culpable de un “certificado trucho” y dieron de baja a miles, hasta volver a demostrar la discapacidad. La crueldad al extremo.

En vez de fortalecer controles públicos y transparentes, se recortan derechos y se castiga al conjunto por supuestos abusos. Si hubiera irregularidades, se resuelven con auditorías y certificaciones serias y con inversión en salud pública, no con el recorte del salario a quien está enfermo.

La mentira del “ausentismo escandaloso”

Bullrich justificó la reforma afirmando que hay “un 15% de ausentismo en la Argentina”. Es falso. Los propios informes oficiales del ministerio de Trabajo registraron solo un 11,8% de ausentismo anual al tercer trimestre de 2025, es decir, apenas 1 de cada 10 trabajadores se ausenta por alguna razón en el año. Y solo hay un 2,8% de ausencias diarias sobre el total de jornadas laborables. Incluso, el 42% de las empresas no registran ausentismo.

Además, de ese 11,8% total, menos de la mitad (47,8%) corresponde a enfermedad y el 5,1% a accidentes, es decir, nada porque se trata apenas un 5% de ese 11% de cada 100 trabajadores (no llega ni al 0.6% del total).

El resto incluye licencias por maternidad, nacimiento, estudio, matrimonio, fallecimiento o incluso cuentan los “motivos gremiales” (apenas el 3%). Es decir, el gobierno construye un relato de “mafia de certificados” para justificar un ajuste que en realidad apunta a bajar costos empresariales a costa de la salud del pueblo trabajador.

Ir enfermo para no perder el salario

En la práctica cotidiana, conseguir una licencia médica hace mucho que es casi una misión imposible y resulta cada vez más difícil. Muchos trabajadores y trabajadoras prefieren ir a trabajar con gripe o fiebre antes que perder el presentismo, el premio por productividad o tener que padecer y enfrentar trabas burocráticas, perder tiempo y hacer un gran esfuerzo para recibir atención y que finalmente les reconozcan la afección y le otorguen el certificado.

Con esta reforma, la presión será aún mayor: quien se enferme no solo deberá probarlo de inmediato —porque el nuevo artículo 209 exige avisar en la primera jornada bajo pena de perder el salario— sino que además cobrará menos. El mensaje es claro: no te enfermes. Y si te enfermás, que no sea por algo que el patrón, la justicia o el gobierno consideren que fue “culpa tuya”.

La verdadera mafia

Mientras hablan de “curros” y “avivadas”, Sturzenegger designa a su esposa con un contrato por más de $ 114 millones para dar cursos de inglés en Cancillería; Bullrich y el propio Milei acumulan denuncias por corrupción; y Karina Milei está denunciada por recibir coimas del 3% justamente en el área de discapacidad. La doble vara es obscena: el ajuste y la sospecha permanente para las y los trabajadores; la impunidad y los privilegios para los de arriba, esa casta de la que tanto hablaron.

Como venimos denunciando, esta reforma no mejora ningún derecho: los reduce, quita o anula. No protege la salud: la penaliza. No combate abusos: instala un régimen de sospecha generalizada. Es un salto en la ofensiva contra el pueblo trabajador, coherente con el resto del paquete que limita la huelga, flexibiliza convenios y favorece a las patronales.

Los cambios que hacen falta

Si existieran abusos, se combaten con controles públicos, con un servicio estatal de certificaciones médicas. Y a su vez, con mayor presupuesto en prevención y salud pública estatal, garantizando salarios, jubilaciones y programas sociales que cubran la canasta familiar, una alimentación saludable, con jornadas laborales de 8 horas como máximo o incluso como proponemos en el proyecto de Emergencia Laboral que presentamos con Vilma Ripoll, el MST y las demás bancas del FIT Unidad en el Congreso, con su reducción a 6 horas diarias para repartir el trabajo, trabajar menos, sin ritmos infernales, para trabajar todos.

Lo que no se puede aceptar es que, en nombre de una supuesta lucha contra la “mafia”, se quite el derecho elemental a cobrar el salario completo cuando la enfermedad golpea. Porque el derecho a la salud, a enfermarse, al trabajo y al salario no son “privilegios”: si no una conquista histórica de la clase trabajadora que hoy quieren arrebatarnos. Y la debemos defender el jueves 19 sumando activamente al paro y movilización al Congreso y en cada plaza del país para derrotar esta contrarreforma esclavista.


[1] CAPITULO I. De los accidentes y enfermedades inculpables. Artículo 208: Plazo. Remuneración. – Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de 3 meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de 5 años, y de 6 meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviera cargas de familia y por las mismas circunstancias se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a 6 y 12 meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a 5 años.

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