Según el texto que se dictaminó en Comisiones en la Cámara de Diputados para intentar aprobar la nueva Ley Bases del gobierno y que será tratado este lunes 29, la Moratoria Previsional actualmente vigente será reemplazada por una Prestación de Retiro Proporcional, a la que solo podrán acceder mujeres y varones, recién a los 65 años de edad.
Conforme el nuevo texto de la llamada “Ley de Bases y Puntos de Partida para Libertad de los Argentinos”, que tendrá tratamiento legislativo el próximo lunes 29, se pretende poner fin así a la Ley 27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional -conocido como la moratoria actual- y se incorpora una nueva figura llamada “Prestación de Retiro Proporcional”.
Pero este beneficio será solo para quienes tengan 65 años de edad y no completen los 30 años de aportes necesarios para acceder a la jubilación ordinaria. El monto tendrá como base el 80% del haber mínimo e idénticos requisitos que para acceder a la Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM). Lo que implica, en los hechos, aumentar la edad para jubilarse a partir de los 65 años para el 90% de las mujeres y el 70% de varones, los que ya no podrán jubilarse, sino solo acceder a esta Prestación de Retiro que es bastante menor, ya que cobrarían 20% menos que una jubilación mínima.
Es que por el artículo 226 del nuevo texto de la Ley Bases se pretende derogar la actual Ley 27.705 y el nuevo artículo 227 incorporado dispondría lo siguiente: “Créase la Prestación de Retiro Proporcional, para aquellas personas que hubieran alcanzado los sesenta y cinco (65) años de edad y que no cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 Inciso “c” de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones”.
Hoy los requisitos para acceder a la jubilación son: si sos varón, tener 65 años de edad y si sos mujer, 60 años. En ambos casos, se deben tener 30 años de aportes jubilatorios. Con estos requisitos la cobertura previsional hasta 2005 estaba en un 50%. Luego de las moratorias vigentes (Ley 24476 en 2005 y 26.970 que venció en 2022) el 65% de las jubilaciones otorgadas fueron con moratoria.
De aprobarse este nuevo texto con la eliminación de la Ley 27.705, el 90% de las mujeres de este país que lleguen a la edad jubilatoria no podrán acceder a los beneficios de la prestación universal y deberán esperar a los 65 años de edad para una cobertura previsional. Este tema también afecta al 70% de los varones con edad jubilatoria (65 años) que tampoco completan los 30 años de aportes requeridos.
Esto es así porque solo el 10% de las mujeres logra completar los 30 años de aportes al alcanzar la edad jubilatoria, debido a la feminización de la informalidad, a que el 75% realiza tareas de cuidado, con tasas más bajas de actividad y menores salarios o directamente deben cortar su carrera laboral por esas tareas de cuidado.
La moratoria pretendía -de alguna manera- un relativo “reconocimiento” a tan injusta situación, por las inequidades de género en materia laboral y las brechas en la informalidad, pero ahora se las pretende eliminar y dificultar aún más la posibilidad de acceder a algún tipo de prestación previsional, implicando una involución más en materia de derechos.
Los dos caminos que tendrán, si se aprobara como está la Ley Bases, 9 de cada 10 mujeres y 7 de cada 10 varones será optar por este mecanismo inserto en el texto de la nueva ley bases o bien optar por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (más conocida como PUAM), que implica una prestación de pobreza al no permitir acceder a una canasta básica de consumo.
La PUAM tiene como fin garantizar una cobertura previsional a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión. Es importante destacar que no solo es un haber menor a la prestación ordinaria, sino que no genera derecho de pensión al cónyuge, conviviente o hijos/as a cargo y está limitada conforme la Res. 17/2019 (DGDNyP) a una evaluación socioeconómica y patrimonial.
Con esta incorporación se busca que, a diferencia de la PUAM, se incremente la prestación dependiendo de los aportes que tenga el o la beneficiaria, sin embargo nada dice en el texto sobre cómo se calcularán los aportes para superar el cobro del 80%, delegándose en el Poder Ejecutivo la reglamentación en un plazo de 30 días y la determinación de los parámetros “objetivos” para el acceso a porcentajes que reconozcan los aportes efectivamente realizados al Sistema Integrado Previsional Argentino y las condiciones por las que se regirá la prestación.
Derogación vs derechos adquiridos
La derogación de la moratoria previsional vigente implica que quienes tienen un beneficio otorgado no se verían afectados por esta medida. Es decir, quienes ya se jubilaron con la Ley 27.705, tiene un derecho adquirido y continuará abonando las cuotas restantes a las que se comprometió en el momento de iniciar su jubilación.
Quienes tienen un trámite iniciado, en principio, tampoco se verían afectados. Sin embargo ante una denegatoria por el organismo al necesitar reiniciarse el trámite, sin la ley ya vigente, debería recurrir a la vía judicial para que le reconozca dicho derecho.
Igual camino podrían tener que seguir quienes tienen un turno otorgado, pero aún no han iniciado el procedimiento jubilatorio o quienes se han adherido aun estando en actividad 10 años antes de la edad jubilatoria y se encuentran pagando los aportes voluntariamente. En este caso es aconsejable adelantar la mayor cantidad de años y aportes posibles.
Plan de Pago de Deuda Previsional: la moratoria vigente hoy
Esta Ley, sancionada en 2023, fue pensada para que 800.000 personas que no cuentan con la totalidad de aportes, puedan jubilarse. La votación contó con 134 votos a favor 107 votos en contra 0 abstenciones. Este Plan de Pago de Deuda Previsional está destinado a quienes no cuenta con esos 30 años de aportes jubilatorios (al ser víctimas del alto nivel de informalidad laboral, contratados por empresas en trabajos precarios, en “negro”, como “monotributistas” o “cuentapropistas” que disimulan toda relación laboral, reciben a cambio bajos salarios y afecta en particular a las mujeres), plan que cuenta con dos componentes:
- Para quienes alcanzaron la edad jubilatoria, pero no tienen los 30 años de aportes realizados: La persona podrá regularizar los aportes adeudados.
Podrán comprar períodos hasta el 2008.
Monto: 29% remuneración mínima no imponible.
Cuotas: 1, 30, 60 o 120. - Para quienes no alcanzaron la edad jubilatoria: destinado a quienes se encuentra a 10 años o menos de cumplir con la edad jubilatoria requerida y no cuenta con los aportes necesarios para cumplir con los 30 años de servicios esperados.
Mujeres entre 50 y 59 años de edad.
Varones entre 55 y 64 años de edad.
Misma cuota: 29% de la remuneración mínima imponible.
Fecha de corte: 2012.
Como explicamos, las mujeres son las principales perjudicadas, al tener que estar abocadas a las tareas de cuidados. Esas mujeres trabajaron, pero en este sistema capitalista patriarcal, esas tareas no son reconocidas como trabajo.
Y afectará también a 7 de cada 10 hombres que tampoco podrán jubilarse a los 65 años, al tener que optar por una pensión no contributiva o esta prestación proporcional, la que es bastante menor que una jubilación mínima.
Todo por una altísima informalidad laboral por el abuso empresarial y la falta de controles del trabajo precario, algo que los gobiernos intentaban “compensar”, al permitir que se puedan cubrir los 30 años de aportes exigidos a través de moratorias.
Frente a esta nueva vuelta de tuerca en una reforma previsional regresiva, que licua los haberes a casi un bono a la ancianidad, un amplio arco de organizaciones gremiales, de jubilados, sociales y políticas convocan a movilizar este lunes 29 para evitar que se vote este ajuste y toda la Ley Bases, que incluye una reforma laboral y fiscal regresiva. Demandando también a la CGT y las CTA que convoquen a rodear el Congreso ese día y al paro para que se pueda aspirar a una transformación del sistema previsional que reconozca a quienes trabajaron toda su vida, aportando a nuestro país. Es la única deuda a cumplir.