martes, 2 julio 2024 - 23:43

Educación como servicio esencial. ¿Qué dice el proyecto de ley que quieren aprobar?

El pasado jueves 13, un día después de la agónica votación en el Senado de la Ley Bases y del paquete fiscal de Milei, se reunió la Comisión de Educación en la Cámara de Diputados. Allí, de manera tramposa y exprés, se aprobó un dictamen favorable para tratar un proyecto de ley unificado (ver [1]) que intenta declarar a la educación como un supuesto “servicio esencial”.

El proyecto se consensuó entre las iniciativas presentadas por los diputados del PRO como Alejandro Finocchiaro, con otros como el de la diputada Carla Carrizo, de la UCR. Ese dictamen tuvo 17 firmas a favor y una en disidencia. Pero hubo dos despachos de rechazo, el de Unión por Todos con 14 firmas y el del Frente de Izquierda Unidad. Es decir, mucha paridad para un tema tan trascendente, donde no hubo consultas ni se permitió que haya exposiciones de educadores, pedagogos y gremios, nada.

A esa definición de “servicio esencial” le agregan la palabra “estratégico”, en un supuesto intento de burlar las objeciones constitucionales, ante la evidente vulneración del derecho de huelga de docentes y auxiliares, consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución, al que deliberadamente el proyecto no menciona.

Al igual que los tratados internacionales como los de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), con sus convenios 87 y 98 a los que adhiere Argentina, que tienen rango constitucional y una jerarquía superior a las leyes (Art. 75º, inc. 22 de la Constitución). Y la doctrina del Comité de Libertad Sindical (OIT, 1996, párrafo 544), donde explícitamente se excluye a la educación como servicio esencial, al efecto de ejercer el derecho de huelga, ya que solo se puede calificar como tal, aquel cuya interrupción “pudiere poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población”. Y nada eso sucede ante un paro en las escuelas.

En ese sentido y de manera intencional, el proyecto tampoco menciona a la Ley 25.877 de Régimen Laboral, ya que ahí la educación también está excluida de los servicios que se consideran esenciales (Art. 24º y su reglamentación, ver [2]).

Por eso el gobierno ya había fracasado al querer imponerlo con el DNU 70/23, que la justicia rechazó (ver [3]), y después con la derrotada Ley Ómnibus. A su vez, hay fallos de la Corte Suprema (ver [4]), del Juzgado Nacional del Trabajo (ver [5]) y de Tribunales Superiores de varias provincias que declararon inconstitucional esta pretensión de gobiernos anteriores.

¿Qué establece el dictamen y cuándo podrían tratarlo?

Ahora, con trampas y maniobras legislativas, se saltearon el necesario giro para el tratamiento en otras comisiones de Diputados, como la de Presupuesto y la de Trabajo, porque eso podría complicar la aprobación de esta perversa iniciativa. Inclusive el “dictamen” ya estaba listo y firmado, antes de la reunión. Por lo que se trató más bien de una “mise en scène”, sobre algo ya cocinado.

¿Y cuándo lo tratarían? Hay distintas versiones: en esa reunión dijeron que iban a pedir una sesión de Diputados para los primeros días de julio, la que tendría una trampa al meter el tratamiento de este perversa iniciativa, junto al presupuesto universitario y la restitución del FONID, que reclamamos y también logró dictamen a favor.

Pero en algunos medios se dijo que querían tratarlo este jueves con la nefasta Ley Bases. Al salir esta nota, parece que no se tratará ahora, aunque igualmente nada puede descartarse y la CTERA, que correctamente dice rechazar esta intentona, debe convocar a las medidas que dijeron que iban a tomar para enfrentarlo. Ya con la Ley Bases se evidenciaron los límites de cabildeo en el Congreso y de apostar a que la justicia ponga un freno.

Solo ganando las calles, con paro y movilización, en un verdadero plan de lucha, con una masiva Marcha Federal Educativa como está votado convocar por CTERA, será posible frenar esta avanzada, en el marco de un gobierno que dice querer destruir el Estado desde adentro, con gobernadores que están metiendo “presentismos” y otras restricciones, en distintas provincias.

Sobre todo porque este dictamen (bajo los Expte. Nº 0092-D-2024 y Expte. Nº 0332-D-2024) tiene posibilidades de convertirse en ley. Es que, junto a los diputados del PRO y la UCR, lo firmaron también los liberfachos de Milei y otros diputados de la “oposición dialoguista” como Hacemos Coalición Federal (que responden a Pichetto, Stolbizer, Massot o Monzó), bloque al que se sumó Innovación Federal (de los gobernadores de Misiones, Salta, Neuquén y Río Negro); más la Coalición Cívica (de Carrió) y el bloque Independencia (que se fue de Unión por la Patria y responde a Jaldo, de Tucumán).

El dictamen plantea establecer “en la República Argentina como servicio estratégico esencial la educación obligatoria”. Pero, pese al pomposo título, los grandilocuentes discursos y las cínicas argumentaciones de las y los “señoras/es diputadas/os”, el proyecto tiene apenas 5 breves artículos y uno más, de forma.

En su Art. 1º se define a la educación como “servicio estratégico esencial” (ver dictamen). Y luego, para incorporar esa definición, el Art. 2º pretende modificar la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 vigente, en su artículo 3, que define a la educación como un derecho social garantizado por el Estado y no como un “servicio” a prestar.

Al insertar en la Ley estas palabras: “un servicio estratégico esencial”, se pretende esta insostenible y autoritaria modificación, con el único fin de limitar el derecho de huelga de la docencia y auxiliares, quienes se coloca así como “responsables” de la crisis que arrastra la escuela pública, la que en realidad es producto de décadas de ajuste y políticas anti-educativas de los distintos gobiernos capitalistas.

¿Paros con guardias obligatorias en las escuelas?

El nudo de este proyecto es su Art. 3º, porque ahí introducen la aberrante novedad “pedagógica” que aseguraría esa educación de calidad de la que tanto hablan, al establecer “un Sistema de Guardias Mínimas Educativas Obligatorias”. Con ellas, “el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán garantizar el ejercicio del derecho a la educación en todo el ciclo lectivo”, durante los “días de clases afectados por medidas de acción directa, indirecta, paro o huelga docente y no docente”.

¿Y cómo serían? En la derrotada Ley Ómnibus, el gobierno quiso fijar que el 75% de la planta de la escuela debería ir a trabajar, pese a que hubiera paro. Ahora lo morigeran algo, al plantear que, “cuando las medidas de acción directa, indirecta, paro o huelga docente y no docente” fuesen de 24 o 48 hs continuas o discontinuas, debería haber una guardia “mínima” del 30% del personal directivo, docente y auxiliar (Art. 3, inc. c).

Y a partir de los tres días, continuos o discontinuos, la “guardia” se debería elevar como mínimo al 50%, es decir, a la mitad del personal para “garantizar el cuidado de las niñas, niños y adolescentes así como las clases y actividades pedagógicas de manera normal”. Nótese acá que la principal preocupación es garantizar “el cuidado” de las infancias y adolescentes, en una lamentable confirmación de su obsesión por la escuela-guardería, reducida al rol “contención” de aquello que el sistema social y económico vigente, no contiene.

Con el absoluto desconocimiento de Finocchiaro y los demás “señores/as” diputados de lo que pasa en una escuela, dicen que así garantizarían las “actividades pedagógicas de manera normal” (¡?). Si dejamos de lado su cinismo, lo único que les preocupa es que pibes y adolescentes estén “dentro de las escuelas” para que las familias y/o sus responsables puedan ir a trabajar, rendir laboralmente a los patrones y asegurar la generación de ganancia en la producción y los servicios capitalistas.

Como señala CTERA, al criticar el proyecto cuando habla de guardias del 30% al 50% del personal, imaginemos lo que pasaría en una escuela con todos los estudiantes y la mitad del personal a cargo… Por eso, entre otras aberraciones, hablar de “guardias mínimas” -añade CTERA- deja en clara evidencia la concepción reduccionista de la educación, entendiendo a la escuela como a una “guardería” y no como una institución educativa o una cultura institucional en la que se desarrollan procesos complejos de enseñanza y de aprendizaje. Solo buscan amordazar a la docencia e imponer el ajuste a cualquier precio, deteriorando el funcionamiento del sistema educativo y generando las condiciones para su privatización.

Para reafirmar que esta es su única preocupación y asegurar que esas “guardias” se cumplan, el Art. 4º establece: “el equipo de conducción de cada establecimiento, al inicio del ciclo lectivo, debe realizar las previsiones organizacionales” e informar a las autoridades “la nómina anual del personal docente y no docente que estará afectado” a esas guardias. Es decir, al comenzar el año y sin que haya certeza alguna de medidas de fuerza, igual los equipos directivos deberán informar la lista de docentes y auxiliares que trabajarán, cuando el resto haga paro…

Mientras el Art. 5º dispone que “se reputará injustificada la ausencia del personal docente y no docente afectado a la guardia”. Eso es todo. Ni más ni menos. Como se ve en tan breve articulado, lo único que les interesa es que docentes y auxiliares no puedan hacer huelga ya que, lo realmente esencial a la educación, no aparece en este proyecto.

¿Quieren docentes “bien pagos” y chicos estudiando…?

Esta funesta iniciativa no implica ni plantea garantizar salarios docentes y de auxiliares que cubran la canasta familiar para trabajar en un solo cargo, porque condicionan y se transforman en una variable pedagógica clave, que se debe resolver y está en la base de cada protesta.

Tampoco plantea que los gobiernos dejen de incumplir la Ley de Educación cuando establece que “el presupuesto consolidado del Estado nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires destinado exclusivamente a educación, no será inferior al 6% del PBI” (Art. 10º, Ley 26.206). Hoy no solo lo incumplen, sino que mantienen el presupuesto en los valores de 2023 y lo reducen fuerte por inflación, al “aumentarlo” apenas un 3.6% según los datos del ministerio de Economía. Frente a un 276,4% de inflación interanunal y 71,9% de inflación acumulada en estos 5 meses, según el INDEC.

Y ni hablar de alcanzar el 10% del PBI que CTERA le reclamó al macrismo ni de triplicar el presupuesto educativo como reclamamos para dar una respuesta integral a las demandas de infraestructura y cargos, de más aulas, jardines y escuelas o una verdadera formación docente.

Porque quienes se llenan la boca hablando del derecho de las infancias, no dedicaron ni un artículo a asegurar más plata para becas, comedores, transporte, libros, bibliotecas, útiles, material didáctico, mobiliario ni proveer tecnología y conectividad para toda la docencia, estudiantes y las escuelas, como exigimos para una educación que aspire realmente a ser de calidad.

El proyecto no dice nada de esto porque los diputados firmantes integran los mismos bloques y gobiernos que permiten que Milei deje de pagar el Incentivo docente (FONID creado por Ley 25.053 del 18/01/1998) y el Fondo de Compensación Salarial Docente (establecido por el Art. 9º de la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo) a una decena de provincias que no llegan a cubrir el piso salarial nacional, un mínimo garantizado que quedó en míseros $ 250.000 en diciembre y tampoco se aumentó, frente a una canasta de indigencia en $ 386.978 en mayo, según el INDEC.

Son los mismos bloques que se negaron a sesionar para votar restituir ambos fondos, junto a su aumento y el pago de la deuda acumulada desde diciembre, la que solo en el incentivo implica $ 344.400 más para cada uno de los 1.6 millones de docentes del país. Al igual que la necesidad de pasar al básico ese Incentivo, con fondos que debe seguir aportando el gobierno nacional.

Son además los que avalan que Milei, su ministra Pettovello y el Secretario de Educación, Torrendell, suspendan el envío de fondos para comedores y copas de leche, infraestructura escolar y programas educativos. Cuando UNICEF informa que el presupuesto nacional dirigido a la niñez muestra una caída del 25% en términos reales en los primeros 5 meses. O que incluso anulen, en los hechos, la Paritaria Nacional al incumplir también la Ley 26.075, en su Art. 10º.

Así se desnuda el cinismo de Carla Carrizo (UCR) y demás diputados al justificar esta perversa iniciativa diciendo: “Queremos docentes bien pagos y chicos estudiando. El proyecto tiene su enfoque en los derechos de la infancia. No hay nada en contra de ningún docente ni del derecho de huelga”. Cuando eso es de lo único que trata: limitar y reglamentar el derecho de huelga. Lo de “docentes bien pagos…”, ¡te la debo! Un escándalo que debemos enfrentar.

CTERA y los gremios docentes de la CGT deben convocar a pararlo

Según Finocchiaro, “a través nuestro, la sociedad le mandó a la CTERA la carta de desalojo de las escuelas. No son de ustedes, no pueden hacer paro por el Día de la Mujer o el acuerdo con el FMI o porque no les gusta Milei…”. Es decir, el “señor” diputado define qué razones serían válidas para una huelga…

Inaceptable, igual que su falta de respeto diciendo que nos mandan “la carta de desalojo” de las escuelas, lo que solo apunta a impedir que se proteste contra el FMI cuando exige recortar partidas de educación, jubilaciones, en salarios o para las infancias, todo para pagar la estafa de la deuda. O en rechazo a los ataques de Milei a la universidad y la escuela pública, protesta que reunió a millones el 23 de abril en las plazas del país, con paros y movilizaciones.

Un impresentable y retrógrado Finocchiaro del PRO, preside la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados

Además, este funesto personaje anti docente como Finocchiaro, un retrógrado integrante del Opus DEI, que eliminó la paritaria nacional siendo ministro de Macri, amenaza que así, durante una huelga “vamos a poder presentar abogados para meter un amparo obligando inmediatamente a abrir la escuela…”. Una aberración tras otra.

En definitiva, como también denuncia CTERA, los derechos se ejercen y deben ser garantizados por el Estado, en cambio los servicios, se prestan y la educación no puede ser considerada como “una prestación de servicio”, ni tampoco habilitar mecanismos propios de la “contratación de servicios” en el campo educativo, ya que, desde esta concepción, se avanza hacia la comercialización del sistema educativo y el financiamiento de la demanda, propias de los sistemas de voucherización educativa.

Solo hay un “problema” y es que hace más de 10 días que la Junta Ejecutiva de la CTERA expresó ese rechazo y anunció que “llevará adelante las medidas gremiales y legales que sean necesarias en defensa del derecho social a la educación, del trabajo docente y de la defensa de más y mejor educación”, pero hasta ahora no anunciaron ninguna. Lo mismo que Sergio Romero de la UDA y Secretario de Políticas Educativas de la CGT, y la dirigencia de SADOP y de la CEA, que dicen rechazar “enérgicamente” este proyecto, pero no convocan a nada y no pasan de esas declaraciones.

Es urgente exigirles que convoquen a una acción nacional, con paro y movilización al Congreso y en todo el país para frenar este proyecto aberrante. Con un verdadero plan de lucha, que tenga continuidad, donde se ponga fecha a la Marcha Federal Educativa aprobada en febrero por CTERA.

Desde los sectores Multicolor y combativos de la docencia, debemos difundir estos ataques, coordinar entre distritos y nacionalmente, plantear asambleas abiertas de afiliados y no afiliados, impulsar consultas masivas en las escuelas y plenarios de delegades para resolver acciones en base a esos mandatos. Es decir, tener iniciativa, junto a la correcta exigencia a la burocracia. Porque solo ganando la calle evitaremos que avancen.


[1] El dictamen unifica ocho iniciativas: las impulsadas por el presidente de la comisión, Finocchiaro y Martín Maquieyra, del PRO; las diputadas de la UCR Carla Carrizo y Danya Tavela; Maximiliano Ferraro de la CC; y los exdiputados Gustavo Hein y Victoria Morales Gorleri.

[2] El artículo 24º de la Ley 25.877 es categórico al excluir la educación de los servicios esenciales: Se consideran esenciales los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control del tráfico aéreo. Una actividad no comprendida en el párrafo anterior podrá ser calificada excepcionalmente como servicio esencial… a) Cuando por la duración y extensión territorial de la interrupción de la actividad, la ejecución de la medida pudiere poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de toda o parte de la población. b) Cuando se tratare de un servicio público de importancia trascendental, conforme los criterios de los organismos de control de la Organización Internacional del Trabajo.

[3] En eso el DNU fue declarado inconstitucional junto al capítulo V, en los pronunciamien­tos de la Sala de Feria de la Cámara Nacio­nal de Apelaciones del Trabajo de CABA, autos caratulados: “Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina –CTA– c/Estado Nacio­nal-Poder Ejecutivo s/acción de amparo”, exp­te. 56.687/2023, y “Confederación Gral. del Trabajo de la República Argentina c/Poder Ejecutivo nacional s/acción de amparo”, expte. 56.862/2023 (sent. definitiva de fecha 30/1/2024).

[4] Sentencia de la CSJN, Corte Suprema de Justicia de la Nación, en expediente registro de la Corte, Letra S, Tomo 38, número 1929/2002 considerado que la educación no es servicio esencial a los efectos del ejercicio del derecho de huelga, confirmando la declaración de inconstitucionalidad del Decreto PEN 843/00 (B.O. del 4/10/2000) y de la Resolución Nº 480/2001 (B.O. del 3/12/2001) del entonces Ministerio de Trabajo.

[5] El 30/8/02 el Juzgado Nacional del Trabajo Nº 2, dictó sentencia haciendo lugar al reclamo de la CTERA, declarando la inconstitucionalidad del Decreto 843/00 y la nulidad de la resolución ministerial Nº 480/01 que pretendían declarar “servicio esencial” a la educación al solo efecto de obstaculizar el derecho de huelga, e interpuso una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Noticias Relacionadas