A dos semanas de la histórica votación de la ley de aborto en el Senado, el 14 de enero el presidente Alberto Fernández promulgó la Ley 27.610 a través de su Decreto 14/2021. Al otro día, esa norma se publicó en el Boletín Oficial. Como dice su título, fue una promulgación parcial. ¿Por qué parcial? Porque a la ley aprobada por el Congreso se le recortó una palabra.
Obviamente, en el acto televisado donde Alberto se auto adjudicó haberle puesto “fin al patriarcado” nada dijo sobre su recorte. Igual, no fue una sorpresa. Ya en el debate en el Senado se había anticipado su compromiso de “observar”, o sea vetar, la calificación de integral al concepto de salud. Ese recorte, que algunos senadores le impusieron al presidente para votar a favor, y éste concedió, va en el mismo sentido de los argumentos de los celestes antiderechos.
¿Por qué importa lo de integral?
El artículo 1º del decreto de promulgación dice: “Obsérvase la palabra ‘integral’ a continuación de la palabra ‘salud’ en el inciso b) del artículo 4° y en el artículo 16, en el inciso 2) del artículo 86 del Código Penal que sustituye, del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.610”. Según los considerandos del decreto, sacan lo de integral porque “no aporta claridad” y porque “la salud no requiere calificativos para ser comprendida en su concepto”. Es más: dicen que “la medida que se propone no altera el espíritu ni la unidad” de la ley.
No es así. Si una palabra no alterara nada, el gobierno no la sacaría. Y es falso que “no aclara”. Todo texto es interpretable y más aún las leyes. Una misma frase puede ser entendida de variadas y distintas formas, hasta contrapuestas, según quién la diga, según para qué y cómo la use, según el contexto, según la conveniencia. Si no, que lo digan lxs abogadxs…
Desde 1921, el Código Penal argentino despenaliza el aborto por tres causales, los llamados abortos no punibles: violación, riesgo de vida y riesgo de salud. Pero una cosa es interpretar la salud en forma restringida, biologicista, de que seguir adelante con ese embarazo causaría algún daño físico, y otra muy distinta es interpretar la salud en forma integral, entendida “como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”. Así define la OMS a la salud desde 1948: de manera integral.
Las interpretaciones restrictivas de las tres causales han dado lugar a incontables maniobras judiciales, sanitarias, policiales y de todo tipo para impedir los abortos no punibles. Por eso agregar la palabra integral sí “aclara” el alcance del concepto de salud. Y haberla quitado, como lo hizo Alberto al promulgar la ley, es una nueva limitación al derecho a decidir.
Ante las trampas, la movilización
Como el aborto sigue siendo ilegal después de la semana 14, sólo las mujeres y personas con capacidad de gestar que se amparen en alguna de las tres causales podrán acceder a la práctica. Y entonces no da lo mismo alegar que seguir un embarazo no deseado implica un riesgo para la salud a secas, que para la salud como una integralidad física, psicológica y socio-económica.
No sólo quienes somos socialistas: desde todo el movimiento feminista y disidente sabemos que el patriarcado no terminó, por más que lo diga Alberto. Y también sabemos que la justicia y el sistema de salud siguen siendo machistas y biologicistas. Así como conquistamos la ley con nuestra marea verde y como luchamos contra las objeciones de conciencia como la del Hospital Marcial Quiroga de San Juan, también lo haremos contra todo otro obstáculo que las instituciones de este sistema capitalista y patriarcal pretendan imponernos. Si la maternidad será deseada o no será, la salud será integral o no será.
Jeanette Cisneros y Pablo Vasco