Discapacidad. El gobierno reglamenta emergencia tras fallo judicial


El Ejecutivo de Javier Milei publicó ayer el reglamento de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, después de que un fallo de la Corte Suprema impulsara su aplicación. Más allá de la formalidad legal, la reglamentación profundiza contradicciones estructurales: mantiene recortes reales en derechos, no garantiza financiación suficiente y refleja la incapacidad del Estado para atender necesidades urgentes de un sector históricamente postergado.

Después del fallo, una reglamentación que llega tarde y sin sustancia

El Gobierno nacional, a través del Decreto 119/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial, reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad —norma sancionada en 2023 pero largamente incumplida— tras una sentencia de la Corte Suprema que obligó a avanzar con su aplicación. La ley fue resultado de años de lucha de organizaciones y familias que exigían el cumplimiento de derechos básicos como asistencia, accesibilidad, inclusión laboral y financiamiento adecuado para prestaciones y acompañamientos.

La reglamentación define alcances, plazos y responsabilidades de organismos públicos, pero no garantiza recursos adicionales para el cumplimiento efectivo de los derechos tutelados, en un contexto donde las partidas presupuestarias ya eran claramente insuficientes para atender el universo de personas con discapacidad en el país.

Una ley emergencial con letra chica y recortes reales

Si bien la reglamentación establece procedimientos y plazos administrativos, no implica una ampliación sustancial de derechos ni de financiamiento. Esto expresa una lógica de “cumplicidad formal”: el Ejecutivo cumple con una exigencia judicial, pero no corrige la política estructural que dejó a miles sin acceso a servicios básicos, terapias, coberturas integrales y prestaciones necesarias para la vida diaria.

La sola reglamentación no modifica el efecto real de recortes presupuestarios que han reducido la atención pública a prestaciones de salud, educación y transporte accesible. La ley, más allá de su espíritu original, corre el riesgo de quedar en un papel sin dientes, si no se acompaña de partidas específicas, programas efectivos y controles democráticos de ejecución.

Años de incumplimiento y resistencias institucionales

La Ley de Emergencia en Discapacidad fue sancionada como respuesta a decisiones judiciales acumuladas que señalaban el incumplimiento sistemático de derechos de personas con discapacidad. El fallo de la Corte Suprema que empujó la reglamentación recuerda que el Estado argentino tiene la obligación de garantizar derechos sociales, no solo de dictarlos.

Sin embargo, desde una mirada de izquierda, es importante señalar que la reglamentación llega en un contexto de políticas de ajuste fiscal más amplias: un Estado que prioriza el pago de deuda externa, el ajuste laboral y la desregulación de derechos, mientras mantiene insuficiente gasto social en sectores que más lo necesitan.

¿Qué falta para que sea realmente efectiva?

Organizaciones de la sociedad civil y movimientos por los derechos de las personas con discapacidad alertan que:

  • La reglamentación no define financiamiento adicional para prestaciones básicas.
  • No existen mecanismos claros de control ciudadano sobre la ejecución de programas.
  • Las responsabilidades administrativas quedan distribuidas entre diversos organismos sin jerarquía eficaz ni presupuesto asignado.
  • Muchas prestaciones siguen dependiendo de regímenes provinciales, lo que reproduce desigualdades territoriales.

Esto no es una falla menor: es parte de un modelo de gestión que prioriza la formalidad jurídica sobre la materialidad de derechos, un patrón que se repite en pensiones, salud, educación y servicios básicos.

Crisis social y recortes: un contexto difícil

La reglamentación se inscribe en un panorama más amplio de reducción del gasto social real y de agravamiento de desigualdades. En un país donde:

  • Los salarios pierden poder adquisitivo,
  • La inflación erosiona jubilaciones y prestaciones,
  • La precarización laboral crece,
  • Y el acceso a servicios como salud, transporte y educación accesibles es deficiente…

la simple reglamentación de una ley no alcanza para revertir años de abandono.

La decisión del Gobierno de reglamentar la Ley de Emergencia en Discapacidad, tras el fallo de la Corte, es un paso formal obligado, pero muy lejos de ser un avance sustantivo en derechos. Este episodio expone un patrón de políticas públicas que priorizan las apariencias institucionales y la obediencia a fallos judiciales, sin abordar los problemas estructurales que generan desigualdad y vulneración de derechos.

Garantizar la dignidad de las personas con discapacidad requiere no solo leyes y decretos, sino inversión real, planificación participativa y control social efectivo. Sin eso, la reglamentación corre el riesgo de convertirse en otra línea en el Boletín Oficial sin impacto real en la vida de quienes más dependen del Estado para su subsistencia diaria.

Otras noticias

Somos un medio de y para los trabajadores
No tenemos pauta ni aportes de empresarios

Si valorás nuestra voz, sumate a bancarla

Colaborá con nosotros