Un nuevo fallo absuelve a Bodart. Denunciar un genocidio no es delito

Hace unos días la Cámara Penal de CABA revocó un fallo anterior, que buscaba condenar a nuestro compañero Alejandro Bodart, dirigente del MST en el FIT-U y coordinador de la LIS, por defender al pueblo palestino frente al genocidio perpetrado por el Estado sionista de Israel.

El nuevo fallo de la Cámara de Casación y Apelaciones de la Sala I de los Tribunales de la Ciudad absolvió a Bodart, lo cual se transforma en un nuevo paso y triunfo democrático frente a la manifiesta intencionalidad política del sionismo y de todos sus cómplices, de intentar acallar las voces que denuncian su accionar en Gaza y en todo el territorio histórico palestino. Es la tercera vez a lo largo de este juicio injusto, que logramos la absolución.

Desde el principio, surgió evidente que el objetivo de la causa que fue iniciada por la DAIA, era sentar a través de una condena a Bodart un nuevo precedente que luego les sirviera como un manto de silencio obligado sobre actuales o futuros denunciantes de las acciones genocidas del gobierno sionista, para continuar llevándolas adelante sin ningún tipo de obstáculos y evitar que la opinión pública supiera la verdad de lo que acontece.

Sin embargo, en esta ocasión fueron derrotados y eso es un triunfo de Alejandro, de sus abogados defensores María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, y es un triunfo colectivo de todas y todos quienes denunciamos el genocidio sionista, defendemos la causa palestina y su derecho innegociable a vivir en su territorio en forma libre y sin ocupantes, del río al mar.

Es evidente que estamos en un momento donde a lo largo de todo el mundo se alzan cada vez más voces contra el genocidio que lleva adelante el Estado de Israel, se desarrollan enormes acciones de solidaridad, movilizaciones masivas, acciones de trabajadores y la emblemática Flotilla Sumud Global que levantó un apoyo social de magnitud, como nunca antes. Todo ese contexto hace parte del reciente fallo. Y puede a futuro también jugar a favor en otras causas como la de Vanina Biasi u otros denunciados por el sionismo en diferentes países. 

Se caen los falsos argumentos del sionismo

El reciente fallo, no solamente absuelve a Bodart, lo cual de por sí es muy importante. Además, tira por la borda muchas de las falsedades que a lo largo del juicio y de las audiencias, desarrollaron tanto los abogados de la DAIA como la fiscalía. No vamos a referirnos aquí a todos esos importantes temas a los cuales el fallo hace referencia, pero si a algunos a modo de ejemplo.

Por ejemplo, frente a la falsedad de la DAIA al pretender utilizar como norma una definición de antisemitismo que le es útil a su objetivo, exigiendo que se falle según la definición de la IHRA que ellos dicen debe aplicarse en nuestro país, el fallo dice lo siguiente: “surge tanto de la página web de la institución como de la resolución 114/2020 que aquella no es jurídicamente vinculante. Así, si bien esas definiciones pueden, y deben, ser utilizadas como pautas orientadoras, lo cierto es que el juez debe resolver el caso conforme la normativa legal y convencional aplicable; las circunstancias de hecho y las pruebas producidas en el debate…

En relación al argumento absolutamente falso de la DAIA y sus cómplices mediáticos y judiciales, de que antisemitismo y antisionismo son la misma cosa, el fallo rechaza esa falacia y dice: “Esa asociación de conceptos realizada por la mayoría de la sentencia impugnada, no puede implicar dejar sin efecto la distinción entre ambas nociones y la base sobre la que se partió, relativa a que está fuera de controversia que la crítica y los cuestionamientos a las acciones realizadas por el gobierno de Israel a través de sus dirigentes políticos, como los representantes del gobierno, miembros de las fuerzas armadas o funcionarios de su política exterior, es la materialización de un derecho fundamental para las democracias: el ejercicio de la libertad de expresión y acceso a la información. Ello, en la medida en que la posterior identificación de los conceptos Estado de Israel, comunidad judía, pueblo israelita y sionismo, así como la equiparación del antisionismo como “el antisemitismo moderno”, pueden llevar a que, en rigor, ninguna crítica esté permitida. Por lo demás, debemos destacar que, en contra de lo dicho por la querella en la denuncia inicial, no existen elementos normativos para afirmar que la posición antisionista está “penada por ley”.

Y sobre el mismo tema, en otro tramo del fallo agrega; “pusimos el foco en que no es posible identificar los conceptos de Estado de Israel, “comunidad judía”, “pueblo israelita” y “sionista”, en tanto ello terminaba por dejar sin efecto la distinción entre conceptos que no eran de ningún modo equivalentes, pues las críticas y los cuestionamientos a las acciones realizadas por el gobierno de Israel a través de sus dirigentes políticos eran la materialización del derecho a la libertad de expresión”.

El fallo absolutorio, también se involucra en el debate sobre el genocidio que la DAIA pretende ocultar, sin lograrlo, y lo que está sucediendo en la región y define lo siguiente: “la actuación del respecto de la calificación del Estado de Israel como genocida por su actuación en Gaza, cabe indicar, como bien mencionara el juez que lideró el voto mayoritario de la sentencia impugnada, que, en noviembre de 2024, la Corte Penal Internacional emitió órdenes de arresto contra Benjamin Netanyahu –primer ministro de Israel– y el Sr. Yoav Gallant –ministro de defensa de Israel–, por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos desde al menos el 8 de octubre de 2023 hasta al menos el 20 de mayo de 2024, día en que la Fiscalía presentó las solicitudes de órdenes de arresto…no podemos más que concluir que, si bien Bodart se ha expresado de forma categórica y con términos rotundamente negativos, lo cierto es que no puede afirmarse que sus palabras hayan ido más allá de la opinión crítica a las políticas, según su parecer, expansionistas del Estado de Israel y el sionismo”.

Por otra parte, terminando con cualquier argumentación que pretenda culpabilizar a Bodart, el fallo define que: “a partir de su simple lectura surge que, no puede aseverarse que los dichos del imputado en la mencionada red social constituyan una incitación o aliento a la persecución o el odio contra una persona o grupo de personas por su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas. Ello, en tanto no surge de sus posteos una arenga de ningún tipo, sino, antes bien, una opinión, fuerte, contundente y con connotación política”.

El fallo, por otra parte, culmina defendiendo el derecho a la libertad de expresión de Bodart y volviendo a diferenciar los conceptos de antisemitismo y antisionismo, cuando dice: “no es posible afirmar que las manifestaciones de Bodart en la red social “X” hayan estado por fuera del derecho a la libertad de expresión; que tampoco puede afirmarse que impliquen una crítica o una denostación al pueblo judío, o bien, a los habitantes de Israel, ni que, en esa medida, deban ser calificadas de antisemitas. A la vez, esa conclusión también se apoya en que los términos antisemitismo y antisionismo no resultan equiparables, y en que el último es calificado por la propia relatora especial sobre libertad de expresión de la ONU como “una ideología política”.

Más que nunca con Palestina

Una vez conseguida, esta nueva victoria política y judicial, ahora tenemos que seguir adelante en la defensa del pueblo palestino y, más que nunca, con la denuncia al genocidio que se está llevando adelante en Gaza y a las nuevas ocupaciones y agresiones en otros territorios palestinos. Estamos frente a una causa de la humanidad y tenemos que redoblar nuestro apoyo y solidaridad.

Y también tenemos que estar preparados para continuar batallando en la justicia, en la medida que los defensores del genocidio pretendan apelar y continuar con sus impresentables y falsas denuncias. Hoy están, para ese objetivo, más debilitados que antes. Y por eso apoyados en el triunfo de este fallo absolutorio, no vamos a permitir que nos callen y vamos a continuar denunciando todo el accionar del Estado sionista de Israel. ¡Viva Palestina libre del río al mar!

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