viernes, 18 octubre 2024 - 01:11

Proyecto anti-juventud. ¡Ningún pibe nace chorro!

El 12 de julio se presentó en el Congreso un proyecto de ley de reforma del régimen penal juvenil que lleva las firmas de Patricia Bullrich, Mariano Cúneo Libarona, Guillermo Francos y Javier Milei. Según el comunicado oficial, “por decisión del Presidente (Javier) Milei, los equipos conjuntos del Ministerio de Seguridad y del Ministerio de Justicia trabajaron en la redacción del Proyecto de Baja de Edad de Imputabilidad con el objetivo de terminar con la impunidad, frenar la puerta giratoria, y darle respuesta a la gente”… Pero claramente el proyecto no busca soluciones para evitar que los niños, niñas y adolescentes (NNyA) ingresen al sistema penal, sino que simplemente propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años, como si eso bastara para resolver las demandas populares de “seguridad”.

La edad de imputabilidad es aquella a partir de la cual una persona puede ser responsabilizada por un delito. Actualmente en nuestro país está establecida en 16 años, considerando que los y las menores a dicha edad no son responsables. Ahora, si el niño, niña o adolescente está “abandonado, falto de asistencia, en peligro material o moral, o presenta problemas de conducta”[1] se aplica un régimen tutelar especial, por el cual el juez “dispone” del NNyA. Por eso hoy hay menores de 16 años presos, en institutos especiales pero que son similares a una cárcel, privados de su libertad. A su vez, entre los 16 y 18 años sí son responsables por algunos delitos.

Falsas soluciones

El flamante proyecto establece en su art. 19 la aplicación de una pena máxima de 20 años de prisión. Si bien no es una cadena perpetua se le parece bastante, ya que se puede condenar al NNyA a más años preso que la edad que tiene, y peor aún sabiendo que las actuales cárceles, lejos de lograr la reinserción social, terminan empeorando la situación.

Además de la privación de la libertad, el proyecto establece una serie de penas que podríamos denominar de conducta. Su aplicación queda a criterio del juez o jueza, con la conformidad de la fiscalía, e incluyen las amonestaciones -llamado de atención, recomendación sobre formas de conducta comunitaria-, prohibición de acercarse a la víctima o a ciertos lugares, prestación de servicios a la comunidad, ser sometido a monitoreo electrónico, etc.

El gobierno se apoya en la falsa idea instalada socialmente de que los NNyA inciden mucho en el delito. Pero si vemos las estadísticas, esa incidencia es mínima. Veamos un ejemplo concreto en el principal distrito del país. En 2023 se iniciaron 1.060.542 investigaciones penales en la provincia de Buenos Aires, de las cuales 23.846 corresponden al fuero de responsabilidad juvenil: apenas un 2,2%[2]. Y en delitos graves es menos aún.

Por el contrario, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU elogia a aquellos países que tienen una edad mínima de responsabilidad penal más elevada, por ejemplo 15 o 16 años, e insta a los Estados partes a que no la reduzcan en ninguna circunstancia”[3]. Es que en el derecho internacional de los derechos humanos rige el principio de progresividad, que prohíbe volver a instancias anteriores a la protección de un derecho. Es decir, sólo se puede ampliar esa protección, mientras que el proyecto de Milei y Bullrich pretende lo contrario.

Además, no podemos analizar este proyecto en forma aislada. Viene en un contexto de aumento de las medidas represivas, como el protocolo de Bullrich contra la protesta social, las detenciones y causas armadas, y la inclusión de la figura de la reiterancia en CABA que viola el principio de inocencia. La realidad es que el gobierno apunta a cercenar derechos democráticos y aumentar el control social, en especial de la juventud.

Nuestras propuestas

El proyecto que se acaba de presentar no es novedad. Cada tanto, los gobiernos de turno echan mano a este tipo de medidas punitivistas con el argumento de la inseguridad. Ésta se un problema real. Pero las conductas delictivas aumentan no cuando crece la pobreza, sino la desigualdad social. Y eso es precisamente lo que crece en el país: una minoría cada vez más rica y, por otro lado, cada vez más gente más pobre y excluida. Si a eso le sumamos la impunidad del poder, ¿qué ejemplo se transmite a la juventud?

Además el Código Penal no previene, no evita que las personas cometan delitos, sino que simplemente sanciona conductas después de producidas. Por eso la intervención del Estado en su faz penal debe ser la ultima ratio, el último recurso. Lo primero debería ser trabajar en la prevención del delito. Evitar que el NNyA caiga en la marginalidad, sea empujado como mano de obra barata de las mafias y así entre al sistema penal.

En vez de analizar por qué los NNyA llegan a cometer delitos y atacar las causas de la delincuencia, se ataca el resultado. No se busca mejorar las condiciones de vida, educación, salud, vivienda, alimentación, deporte, cultura, recreación, de ese sector tan vulnerable. Al recortar todos los programas de contención social y becas escolares, el gobierno hace exactamente lo contrario.

Por eso la solución no es ni aumentar las penas, como las fracasadas leyes Blumberg, ni bajar la edad de imputabilidad penal. Ya se probó acá y en muchos otros países, pero no resultó. Como parte de un cambio de fondo, la salida pasa por garantizar condiciones de vida dignas a la niñez y la adolescencia, mejorar los centros e institutos para quienes cometen delitos graves y atacar a las verdaderas mafias que se aprovechan de los NNyA, empezando por la policía y demás fuerzas de seguridad.

CADHU (Centro de Abogades por los Derechos Humanos)


[1] Art 2. del Decreto-ley 22.278, de la dictadura militar.

[2] https://www.mpba.gov.ar/novedad/2041

[3] Observación General N° 24.

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