domingo, 28 abril 2024 - 20:57

Nuestro amparo anti-protocolo. La justicia sigue dando vueltas

El 18 de diciembre pasado, junto con nuestra diputada porteña Cele Fierro, desde el MST en el Frente de Izquierda Unidad iniciamos una acción judicial contra el protocolo anti-protestas de la ministra Bullrich. Pese a la urgencia del tema, la justicia sigue eludiendo resolver al respecto.

Contra el protocolo dispuesto en la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad de la Nación, presentamos ante la justicia una acción declarativa de inconstitucionalidad con pedido de una medida cautelar suspensiva. Es decir, que se suspenda ya mismo su aplicación y se lo declare inconstitucional.

Las abogadas patrocinantes de dicha presentación somos Claudia Leaños Parada y yo como apoderada partidaria, ambas militantes del CADHU, el Centro de Abogades por los Derechos Humanos, organismo que a su vez integra el Encuentro Memoria, Verdad y Justicia.

Posta 1: político-electoral

Por entender que el protocolo de Bullrich ataca -como a toda organización popular- nuestros derechos democráticos al ser un partido, iniciamos la presentación ante la justicia electoral ya que ésta tiene competencia en todo asunto relativo al ejercicio de los derechos políticos. Nos referimos, entre otros, a los derechos constitucionales de reunión, de peticionar ante las autoridades y la libertad de expresión, que conforman el derecho a la protesta social.

Pero el mismo día de presentada la acción ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral, la jueza de larga trayectoria María Romilda Servini de Cubría se declara incompetente y pasa la causa al fuero contencioso administrativo federal. Un pase al costado…

Posta 2: contencioso administrativo

Este fuero judicial es el que debe tramitar todas las causas que van en contra del gobierno y del Estado, como efectivamente es el caso de la nuestra. No hay ninguna duda, ya que estamos enfrentando una resolución de un ministerio del Poder Ejecutivo Nacional.

La causa transferida por Servini había recaído en el juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, a cargo del juez Walter Lara Correa. Pero resulta que el 20 de diciembre, rapidito, también se declara incompetente por entender que estaban en juego cuestiones de tipo penal y entonces se saca nuestra causa de encima y la deriva a la justicia criminal y correccional. Otro pase al costado…

Posta 3: criminal y correccional

La causa derivada por Lara Correa va entonces al Juzgado Criminal y Correccional Nacional N° 28, a cargo del juez Martín Carlos Del Viso. Es evidente que el tema en danza tiene un carácter penal, ya que el protocolo de Bullrich precisamente apunta a perseguir y penalizar las movilizaciones, cortes de ruta y demás medidas habituales de protesta social.

No obstante el mismo día 20 de diciembre, justo en el aniversario de la rebelión popular de 2001 y mientras miles y miles nos movilizábamos a la Plaza de Mayo en contra del protocolo, el juez Del Viso, ¡oh, casualidad!, también se declara incompetente y devuelve la causa al fuero contencioso administrativo federal. Un paso atrás…

Posta 4: contencioso y cámara

La causa vuelve al Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, a cargo del juez Lara, que el 22 de diciembre vuelve a fallar manteniendo la incompetencia del fuero que ya había resuelto el 20. También dispone que sea la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal quien resuelva el meneado tema de la competencia. Un pase para arriba…

Como venía la feria judicial de enero, solicitamos la habilitación de feria para proseguir la causa. La Cámara nos la concede, pero el 11 de enero rechaza la competencia de su fuero y devuelve nuestra causa al ámbito criminal y correccional nacional, o sea de nuevo a la justicia penal. Otro pase más al costado…

Posta 5: vuelta al penal y acumulación

Nuestra causa contra el protocolo de Bullrich pasa entonces al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 29, a cargo de la jueza Carina Rodríguez, y ésta al día siguiente, el 12 de enero, la remite al Nº 28, del juez Del Viso, porque ése fue el primer juzgado penal que intervino.

Como en paralelo a nuestra acción de inconstitucionalidad contra el protocolo la Asociación Civil Periodistas Argentinas había iniciado un recurso de amparo, éste siguió similar suerte en cuanto al derrotero de “incompetencias”. Tramitaba en el Juzgado N.º 11, a cargo del juez Martín Yadarola,  pero éste se declara incompetente y el 23 de enero resuelve que resuelva las dos causas Del Viso, quien por su parte pidió la causa de las periodistas. A la vez interviene de oficio la Cámara penal y el día 24 resuelve que ambas causas se acumulen en el juzgado de Del Viso, quien a partir del 25 debe pasar a resolver.

En síntesis…

El protocolo represivo de Bullrich ya lo hemos frenado en las calles varias veces, con movilizaciones multitudinarias en Buenos Aires y en todo el país. Y lo seguiremos haciendo cada vez que sea necesario para enfrentar el DNU, la ley ómnibus y todo el ajuste de Milei y el FMI.

Hasta tres relatores especiales de la ONU[1], días atrás, han publicado un informe señalando que el protocolo y los artículos al respecto incluidos en la ley ómnibus de Milei contradicen los tratados internacionales de protección de los derechos humanos firmados por la Argentina y que por ende tienen rango constitucional.

Ahora falta que la justicia nacional, después de semejante calesita con nuestra causa, también le ponga un freno al protocolo, dicte la medida cautelar suspensiva que pedimos y lo declare inconstitucional.

Mariana Chiacchio, CADHU-MST


[1] Sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, y sobre la situación de los defensores de derechos humanos.

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