viernes, 3 mayo 2024 - 04:59

Crisis ambiental. Santa Cruz prohíbe la creación de áreas protegidas

El 28 de noviembre de 2019 la Legislatura provincial sancionó tres leyes por unanimidad, publicadas en el Boletín Oficial 5418 del 15 de enero de 2020:

  1. La Ley 3687, que crea la Reserva Provincial Charcamata (400 ha.);
  2. La Ley 3688 de creación de los Parques Provinciales del Viento y Cerro San Lorenzo y la Reserva de los Huemules
  3. Y la Ley 3690 que crea la Reserva Natural Provincial Pingüinos.

A partir de la sanción y para entrar en vigencia, las leyes deben pasar por la oficina de la gobernadora Alicia Kirchner, que como para todas las leyes, redacta los decretos a partir de los cuales entran en vigencia. En el mismo boletín se publicaron los decretos y la provincia pasó a tener tres nuevas áreas protegidas, mientras que otras dos subieron de categoría, pero…

Siempre hay un pero, aquí hay dos. En el caso de la RP Charcamata, la gobernadora vetó dos de los cuatro artículos, por los que le sacan funciones al municipio de Perito Moreno. En la 3688, mucho más grave, vetó la creación del Parque Provincial del Viento, “por errores de nomenclatura”. Se trata de un área en disputa entre estancieros ganaderos, empresas mineras y fundaciones conservacionistas nacionales e internacionales, que originalmente se sumaban al Parque Nacional Patagonia. Con este veto beneficia a las empresas mineras, particularmente a Newmont, porque les permitirá avanzar en sus proyectos extractivos, de saqueo de bienes naturales, al este de la Ruta Nacional 40.

En el mismo boletín se publicó la Ley 3692 de Emergencia en materia de posesión y tenencia de tierras rurales, que todavía no tiene decreto reglamentario por lo cual no entró en vigencia. Esta ley, impulsada por los estancieros nucleados en la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS), con acompañamiento de las sociedades rurales de la Patagonia, Confederaciones Rurales Argentinas y el Instituto Provincial de Promoción de la Ganadería, en el que también participa el Consejo Agrario Provincial; prohíbe la creación de nuevas áreas protegidas nacionales y provinciales por un plazo de doce meses, prorrogables por otros doce meses, durante los cuales el Estado provincial debe realizar lo que no hizo durante más de sesenta años, desde 1957 cuando el territorio de Santa Cruz se convirtió en provincia, que es regularizar el catastro provincial, con verificación en terreno y actualización de información de los propietarios rurales, sean personas o empresas.

Son los mismos estancieros, de dudoso apellido indígena y que ahora apelan a la soberanía nacional, que despojaron a los pueblos originarios de sus territorios y que cuando el gobierno nacional creó las reservas indígenas en las décadas de 1920 a 1940, también se apropiaron de esas tierras. Son los herederos de aquellos que fusilaron a los huelguistas de la Patagonia rebelde en 1920 y 1921. Son los mismos que cuando les va mal abandonan las estancias o hacen negocios con las empresas mineras y petroleras o las sobrepastorean agotando aún más el suelo, y que apenas pagan impuestos rurales.

Exigimos la derogación de la Ley 3692; la actualización del catastro provincial rural, con mensuras en terreno y libre acceso a la información y restitución a sus funciones originarias de apoyo a la planificación rural, con revisión de las adjudicaciones de tierras realizadas por el Consejo Agrario Provincial desde la década de 1960, muchas de las cuales son de dudosa validez.

En el marco más general de crisis climática y emergencia ambiental, que amenaza el acceso de la población a los alimentos, al agua y al suelo urbano, exigimos la revisión del ordenamiento de las tierras rurales en la provincia, con apoyo de organismos provinciales y nacionales y la más amplia participación popular, informada y vinculante, para poner la producción y los espacios rurales al servicio de las necesidades alimentarias,  del acceso al agua y al suelo de los trabajadores y el pueblo de Santa Cruz. También la aplicación de sistemas impositivos que penalicen el abandono y sobrepastoreo de tierras; la revisión del sistema de áreas protegidas de Santa Cruz y de la Administración de Parques Nacionales, con democratización en la toma de decisiones sobre planes de manejo y que habiliten prácticas agrícolas y ganaderas sustentables en zona de reserva; la estatización de las áreas protegidas de propiedad privada; la restitución de tierras usurpadas a los pueblos originarios con creación de la figura de la propiedad colectiva de la tierra y la reactivación de la producción de alimentos en zonas de chacras, con mercados populares en todos los pueblos.

Aporte de: Alejandro Schweitzer

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